Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 30/9/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 11 de septiembre de 1995, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la recaída en el recurso ordinario interpuesto por doña Inés Fernández Amores. Expediente núm. MA-18/94-EP.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente doña Inés Fernández Amores contra la resolución del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de Málaga, por la presente se procede a hacer pública la misma al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro:

«En la ciudad de Sevilla, a diecinueve de enero de mil novecientos noventa y cinco.

Visto el recurso ordinario interpuesto y en base a los siguientes

A N T E C E D E N T E S

Primero. Se aceptan los antecedentes de hecho de resolución recurrida, que con fecha 29 de marzo de 1993 dictó el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de Málaga por la que se sanciona a doña Inés Fernández Amores con cincuenta mil pesetas (50.000 ptas.) de multa, consecuencia de la comisión de una infracción a los artículos 1º de la Orden de la Consejería de Gobernación de

14 de mayo de 1987, y 81.35 del Reglamento de Policía de Espectáculos Públicos, tipificada como falta de carácter leve por el artículo 26.e) de la Ley Orgánica 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana.

Segundo. Notificada la Resolución, el interesado interpone en tiempo y forma recurso ordinario, basado en las argumentaciones que estimó pertinentes, y que por constar en el expediente damos por reproducidas.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I

Que el día 28 de diciembre de 1993 se levantó acta de infracción por la Policía Local del Ilmo. Ayuntamiento de Estepona en cumplimiento del servicio ordenado por el Sr. Alcalde de ese Ayuntamiento. Que el día 21 de enero de 1994 se notifica la incoación del expediente sancionador como lo prueba el certificado de correos, siendo el lugar de la notificación el Bar Tientos y recibido por don Juan Muñoz del Puerto. La propuesta de Resolución y la Resolución del Delegado de Gobernación de Málaga se notificó en mano a la recurrente negándose ésta a firmar como así lo hacen constar los Policías Locales P-42 y P-44. Transcurrido el plazo la recurrente no realiza alegaciones, por lo que no se aceptan los argumentos esgrimidos en su recurso ordinario debido a que se ha cumplido el procedimiento establecido legalmente no produciendo por tanto indefensión alguna.

I I

Que los hechos quedaron perfectamente probados por el acta de infracción realizada por los agentes de la autoridad, no pudiendo ser desvirtuada por las alegaciones actuales de la recurrente sobre todo sin presentar prueba alguna que desvirtúe lo recogido por los citados agentes. Todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 37 de la Ley Orgánica

1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana que establece que la denuncia de los agentes que hubieran presenciado los hechos constituirá base suficiente para adoptar la resolución

Vistos la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, el Real Decreto 2816/82, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, así como las demás normas de especial y general aplicación. Por todo ello, resuelvo desestimar el recurso interpuesto, confirmando la resolución recurrida.

Contra la presente resolución, -dictada en virtud de Orden de 29 de julio de

1985, de delegación de atribuciones- que agota la vía administrativa, se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el art. 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de

1956. El Viceconsejero de Gobernación (Orden 29.7.85). Fdo.: José A. Sainz-Pardo Casanova«.

Sevilla, 11 de septiembre de 1995.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Moreno Muela.

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