Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 7/10/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 26 de septiembre de 1995, subsanando errores y omisiones en la de 26 de junio de 1995, por la que se concede una subvención específica al Patronato para la Organización de un Programa de Especialización para Postgraduados en Olivicultura y Elaiotecnia.

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El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 96, de 6 de julio de

1995, publica la Orden de esta Consejería de 26 de junio de 1995, referenciada. Advertidos errores y omisiones en el sumario y en el texto de ella, a continuación se transcribe íntegramente la redacción correcta de los mismos:

«Orden de 26 de junio de 1995, por la que se concede una subvención específica a la Universidad de Córdoba para la Organización de un Curso de Especialización para Postgraduados en Olivicultura y Elaiotecnia. La Consejería de Agricultura y Pesca tiene entre sus cometidos la formación, enseñanza profesional, capacitación agraria y tecnología. En esta línea es de interés la realización de cursos de especialización para postgraduados en olivicultura y elaiotecnia.

La Universidad de Córdoba está dotada de medios óptimos para la realización de los referidos cursos, al impartir enseñanzas en Facultades y Escuelas Universitarias más directamente relacionadas con la materia, y ha participado en reuniones de diversas instituciones interesadas en un proceso de rápida adaptación tecnológica y estructural del sector de producción y comercialización del aceite de oliva y aceituna de mesa. Por lo expuesto no resulta procedente abrir un procedimiento de concesión en concurrencia.

En consecuencia y a tal fin,

DISPONGO

1. Conceder a la Universidad de Córdoba una subvención específica por razón del objeto de cinco millones de pesetas (5.000.000 ptas.), para atender a los gastos de organización y desarrollo del curso de Olivicultura y Elaiotecnia durante el año 1995-96 con cargo al concepto presupuestario

01.15.00.03.00.74100.61D.01993.008228.

2. El pago de la subvención de carácter específico se efectuará de una sola vez, debiéndose justificar a la finalización del curso los gastos realizados.

3. Notifíquese esta Orden a la Universidad de Córdoba. 4. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOJA¯.

Sevilla, 26 de septiembre de 1995

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca

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