Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 28/10/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 21 de septiembre de 1995, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas para gastos de desplazamiento y estancia que se deriven de la asistencia a los másters universitarios en Información y Documentación, Archivística y Arquitectura y Patrimonio.

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1.- Objetivo de la convocatoria.

La presente convocatoria se enmarca en la política de formación de postgraduados en las áreas especializadas del Patrimonio Histórico, ajustándose a lo dispuesto en la Orden 26 de junio de 1989 del Consejero de Cultura por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación e investigación en materia de Patrimonio Histórico (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 54, de 7 de julio).

Aplicándose lo normado en los artículos 21 y 22 de la Ley 9/93 de 30 de diciembre de 1993.

Entre los objetivos generales del área de formación del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico se encuentra consolidar un programa de formación en Patrimonio Histórico correspondiéndole al Instituto como centro de formación o escuela de patrimonio en Andalucía. Por otra parte es interés del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico fomentar el debate interistitucional y de todos aquellos agentes que confluyan en el Patrimonio (Instituciones estatales, autonómicas, locales, públicas o privadas, Universidades, colectivos profesionales, asociaciones, empresas, etc.). En esta línea, el Programa de Formación del Patrimonio Histórico redactado por el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico recoge entre sus ámbitos preferentes de actuación las actividades de formación profesional en colaboración con las Universidades.

El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico concederá subvenciones a las Instituciones organizadoras de los cursos, quienes a su vez harán pública una oferta de becas en concepto de matrícula.

Con independencia de ello, se convocan ayudas por el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico que contribuirán al pago gastos de desplazamiento y estancia dentro de las modalidades recogidas en el artículo 3 de la Orden de

26 de junio de 1989, apartado b), para diez alumnos de cada uno de los Masters que hayan de desplazarse a más de 60 kilómetros desde su lugar de residencia habitual (según se recoge en el punto 3 de la presente convocatoria). Con esta medida se pretende hacer accesible los Masters al mayor número posible de universitarios andaluces, independientemente de su procedencia geográfica.

Los cursos para los que van destinadas las ayudas son:

a) Master Universitario en Información y Documentación, Universidad de Sevilla.

b) Master Universitario de Archivística, Universidad de Sevilla.

c) Master Universitario en Arquitectura y Patrimonio, Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Sevilla.

2.- Características de las ayudas.

2.1.- Cursos objeto de la convocatoria:

- Master en Información y Documentación

El Master en Información y Documentación propone la enseñanza de las técnicas y tecnologías habituales y emergentes en el campo de la Documentación para capacitar a licenciados universitarios que deseen iniciarse en el manejo de los modos e instrumentos utilizados en la gestión de la información y la Documentación, aplicada a sus respectivas especialidades.

- Master en Archivística

Basado en la experiencia de los cursos de Archiveros y Documentalistas que desde 1984 viene organizando la Junta de Andalucía (en colaboración con la Universidad y con el Instituto Andaluz de Administración Pública), el IAPH organiza este curso junto con la Universidad de Sevilla, que quiere se su continuación natural y lógica en el campo de las titulaciones universitarias.

- Master en Arquitectura y Patrimonio

Las iniciativas y prácticas en el campo patrimonial inciden desde la acción institucional en un necesario desarrollo tanto de la valoración de los bienes patrimoniales, como de los nuevos instrumentos operativos. Hasta ahora la implicación desde el ámbito docente ha sido prácticamente nula, y es por ello que la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Sevilla en colaboración con el IAPH han programado este curso.

2.2.- Duración:

- El Master en Información y Documentación dará comienzo en octubre de 1995 y finalizará en diciembre de 1996. Las clases se distribuirán los lunes, martes y miércoles de cada semana. La percepción de las ayudas para el Master se realizará de forma anual pudiéndose prorrogar a solicitud del interesado, en función de su rendimiento y sus disponibilidades presupuestarias.

- El Master en Archivística dará comienzo en noviembre de 1995 y finalizará en 1997, con una duración de 17 semanas, distribuidas en clases de lunes a viernes. La percepción de las ayudas se distribuirá en las tres anualidades en las que se desarrolla el Master. La percepción de las ayudas para el Master se realizará de forma anual pudiéndose prorrogar a solicitud del interesado, en función de su rendimiento y sus disponibilidades presupuestarias.

- El Master en Arquitectura y Patrimonio comenzará en enero de 1996 y finalizará el junio de 1997, con una duración de 51 semanas, distribuidas en clases de lunes a viernes. La percepción de las ayudas se distribuirá en las tres anualidades en las que se desarrolla el Master. La percepción de las ayudas para el Master se realizará de forma anual pudiéndose prorrogar a solicitud del interesado, en función de su rendimiento y sus disponibilidades presupuestarias.

2.3.- Desarrollo del trabajo:

Los Masters se desarrollarán en los siguientes centros:

- Master de Archivística:

Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico

- Master en Información y Documentación

Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico

Centro de Postgrado de la Isla de la Cartuja (Pabellón Fujitsu)

- Master en Arquitectura y Patrimonio

Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico

Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Sevilla

2.4.- La dotación económica total de las ayudas será:

a) Master de Archivística: la asignación total por alumno de cada una de las diez ayudas será de 697.00.- pts., distribuida de la siguiente forma:

- Anualidad 1995... 82.000.- pts.

- Anualidad 1996... 143.520.- pts.

- Anualidad 1997... 471.480.- pts.

b) Master en información y Documentación: la asignación total por alumno de cada una de las diez ayudas será de 870.000,- pts.

- Anualidad 1995... 256.000.- pts.

- Anualidad 1996... 614.000.- pts.

c) Master en Arquitectura y Patrimonio: la asignación total por alumno de cada una de las diez ayudas será de 835.450.- pts., distribuida de la siguiente forma:

- Anualidad 1996... 343.520.- pts.

- Anualidad 1997... 491.930.- pts.

Estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada, expresamente por el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, de acuerdo a lo recogido en el artículo

21.9 de la Ley 9/93 de 30 de diciembre de 1993.

Las dotaciones económicas previstas para los años 1996 y 1997 estarán condicionadas por la disponibilidad presupuestaria.

2.5. La forma de pago será la siguiente:

a) Master de Archivística: los pagos se distribuirán en tres anualidades: En 1995, dos plazos:

- Un primer pago del 75% por un importe de 61.500 pesetas y una vez justificado el gasto se efectuará el segundo pago del 25% por un importe de

20.500 pesetas.

En 1996, dos pagos:

- Un primer pago del 75% por un importe de 107.640 pesetas y una vez justificado el gasto se realizará el segundo pago del 25% por un importe de

35.880 pesetas.

En 1997, dos fases:

- Un primer pago del 75% por un importe de 353.610 pesetas y una vez justificado el gasto efectuará el segundo pago del 25% por un importe de

117.870 pesetas.

b) Master en información y Documentación: los pagos se distribuirán en dos anualidades según la siguiente forma:

- En 1995, dos pagos:

Un primer pago del 75% por un importe de 192.000 pesetas y una vez justificado el gasto se realizará el segundo pago del 25% por un importe de

64.000 pesetas.

- En 1996, dos fases:

Un primer pago del 75% por un importe de 460.000 pesetas y una vez justificado el gasto se efectuará el segundo pago del 25% por un importe de

153.000 pesetas.

c) Master en Arquitectura y Patrimonio: los pagos se distribuirán en dos anualidades según la siguiente forma:

- En 1996, dos pagos:

Un primer pago del 75% por un importe de 257.640 pesetas y una vez justificado el gasto se realizará el segundo pago del 25% por un importe de

85.880 pesetas.

- En 1997 dos plazos:

Un primer pago del 75% por un importe de 368.948 pesetas y una vez justificado el gasto se efectuará el segundo pago del 25% por un importe de

122.982 pesetas.

2.6. La obtención de estas ayudas no establecen ninguna vinculación laboral, contractual ni estatutaria con el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico o con la Administración Autonómica.

3.- Requisitos de los candidatos:

Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos generales:

a) Ser español.

b) Poseer la adecuada titulación académica en función del área de conocimiento a la que se opta.

c) En caso de los varones, estar liberados del servicio militar durante la duración del Master.

d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.

Así como deberán reunir específicamente los requisitos que se recogen a continuación:

e) Estar admitidos en el Master para el que se solicita la ayuda.

f) Residir a más de 60 kilómetros de distancia del lugar de celebración del Master.

4.- Solicitudes y documentación.

4.1.- Las solicitudes deberán formularse en instancia dirigida al Ilmo. Sr. Director General de Bienes Culturales, pudiéndose presentar en el Registro de los Servicios Centrales y Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o por las vías contempladas en el artículo 51 de la Ley de Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía, además de en el Registro del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico.

4.2.- Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación (por triplicado):

a) Comprobante de haber sido admitido en el Master para el que se solicita la ayuda.

b) Fotocopia compulsada del D.N.I.

c) Certificado de residencia o empadronamiento.

d) Fotocopia del impreso de Declaración de Renta del último ejercicio, (del solicitante o de la unidad familiar a la que pertenezca).

e) Expediente académico.

f) Currículum Vitae.

g) Declaración de aceptación y cumplimiento de las bases de la convocatoria.

h) Documentación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.

i) Declaración expresa de conformidad de ausencia carácter estatutario y laboral con el Instituto Andaluz del Patrimonio estatutario y laboral con el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico o con la Administración Autónoma.

j) En su caso, documentación justificativa de estar libre de las obligaciones militares.

4.3.- Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes se establece para cada Master en los siguientes términos:

- Master en Información y Documentación: el plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales a partir del día siguiente a la publicación en BOJA de la presente convocatoria.

- Master de Archivística: el plazo de presentación de solicitudes coincidirá con el plazo de preinscripción previsto para el mismo.

- Master en Arquitectura y Patrimonio: el plazo de presentación de solicitudes coincidirá con el plazo de preinscripción previsto para el mismo.

5.- Evaluación y selección.

5.1.- La evaluación y selección de las solicitudes se realizará por una Comisión técnica nombrada por el Director General de Bienes Culturales para cada uno de los Masters, compuesta por:

Master de Archivística

- Presidente: El Director del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico o persona en quien delegue.

- Vocales:

El Jefe de la Sección de Administración del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico o persona en quien delegue.

Director de los Estudios del Master de Archivística.

Jefe del Centro de Documentación del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico o persona en quien delegue.

Un representante del Departamento de Formación del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico.

Si lo estima necesario, la Comisión podrá requerir cuantos informes adicionales considere oportunos, así como convocar a los solicitantes en cualquier momento del proceso selectivo.

La Comisión, entre otros aspectos que considere procedentes, valorará como méritos preferentes:

a) Distancia máxima de residencia con respecto al lugar de celebración del curso.

b) Nivel de ingresos del solicitante.

c) Expediente académico.

d) Solicitud de demanda de empleo.

5.2.- Evaluada la selección, la comisión técnica elevará la propuesta al Director General de Bienes Culturales quien procederá a la adjudicación de las ayudas, mediante acuerdo motivado. Una vez notificada la adjudicación de las ayudas, los beneficiarios deberán comunicar su aceptación de la misma en un plazo de 15 días siguientes a la fecha de publicación de la resolución en el B.O.J.A., entendiéndose su renuncia a la misma de no resultar tal comunicación.

6.- Obligaciones de los beneficiarios de las ayudas y seguimiento.

Las ayudas podrán ser revocadas libremente por el Director General de Bienes Culturales en el supuesto de que la dedicación y el rendimiento del beneficiario de la ayuda no alcancen un nivel satisfactorio.

Los beneficiarios de la ayuda recibida deberán remitir a la Dirección General de Bienes Culturales resúmenes trimestrales de su labor de formación o investigación dentro de los quince días naturales siguientes a cada plazo trimestral. El no cumplimiento de este requisito dará lugar a la revocación de la beca.

Se abonará el 75% de la cantidad anualmente establecida y una vez justificados los pagos anteriores se abonarán el pago del 25% restante, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21.8 de la Ley 9/93. La justificación se realizará con anterioridad al 31 de diciembre, de cada año a la que tenga derecho la ayuda. Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a alcanzar un nivel satisfactorio tanto de dedicación como de rendimiento en el programa de estudios conforme a los establecidos para cada uno de los Masters. El incumplimiento de las obligaciones precedentes o de las bases de la convocatoria en algunos de sus puntos, podrá dar lugar a su revocación libremente por el Director General de Bienes Culturales y a la suspensión de la percepción de la ayuda y/o reclamación total o parcial de las cantidades percibidas.

La justificación de la ayuda recibida para la finalidad que fue concedida, se realizará en el plazo de un mes a partir de la fecha de finalización del Master, aportando certificado acreditativo del Director de los Estudios de haber desarrollado la actividad con aprovechamiento. La no justificación dará lugar a las acciones legales que procedan.

Sevilla, 21 de septiembre de 1995.- El Director General, Marcelino Sánchez Ruiz.

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