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El Juzgado de 1.ª Instancia número seis de Granada, por el presente, hace saber:
En autos número 233/94 sobre suspensión de pagos, promovida por Natural Body S.A., se ha dictado Auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Acuerdo: Aprobar el Convenio votado favorablemente en la Junta General de acreedores celebrada en el expediente de suspensión de pagos de «Natural Body S.A.¯, transcrito en el segundo de los hechos de esta resolución; hágase pública mediante Edictos que se fijen en el tablón de anuncios de este Juzgado e inserten asimismo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el periódico en que se publicó la convocatoria de aquella Junta, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, expidiéndose también mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de esta Provincia; particípese mediante oficio la Parte Dispositiva de esta resolución a los demás Juzgados de Primera Instancia de esta Ciudad así como a todos aquellos Juzgados a los que se comunicó el Auto de Declaración de Suspensión de Pagos; anótese en el Libro de Registro correspondiente; cese la Intervención Judicial de los negocios del mencionado suspenso, y por tanto los Interventores nombrados en este expediente, que han venido actuando en cuanto a las condiciones anteriores, que serán sustituidas por las del Convenio aprobado tan pronto sea firme esta resolución, entregándose los despachos y Edictos acordados expedir al Procurador don Juan Ramón Ferreira Siles, llevando en las actuaciones certificación de este Auto que se incluirá en el Libro de Autos y Sentencias.- Firmado y rubricado, La Magistrada-Juez, El Secretario¯.
Y para general conocimiento a los fines prevenidos en la Ley de Suspensión de Pagos, libro el presente en Granada a veinticinco de septiembre de mil novecientos noventa y cinco.- El Secretario.
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