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Vista la solicitud de transmisión y matrícula de la máquina recreativa tipo B, modelo Limón y Baby, Serie 1-22192, amparada por el permiso de explotación SEB/6686, matrícula HU/2811, presentada en esta Delegación por don Antonio Diego Romero, el día 16 de marzo de 1995, en representación de la Empresa Operadora "Betimar, S.L.", en calidad de adquirente, y resultando: Que comprobados los datos obrantes en este Centro resulta que la autorización de explotación en la que se ampara la citada máquina recreativa se encuentra suspendida temporalmente desde el 27 de diciembre de 1990, habiéndose solicitado la reanudación de explotación por el transmitente y desistido posteriormente de la misma, por lo que continúa suspendida en su explotación. Considerando: Que según el artículo 27.2 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma Andaluza, aprobado por Decreto
181/1987 de 29 de julio, que regula el régimen de transmisiones "El nuevo titular presentará en la Delegación de Gobernación de la Provincia donde la máquina estuviera en explotación...". El mismo artículo prevé el sellado del nuevo boletín de instalación, resultando que no se aporta dicho boletín por estar suspendida la explotación de la citada máquina recreativa. Vistos los citados textos legales, la Ley 2/86, de
19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones de general y pertinente aplicación, el Jefe del Servicio de Juegos y Espectáculos Públicos eleva a V.I. la siguiente: Propuesta de resolución. Denegar a la Empresa Operadora "Betimar, S.L:" (CIF b-41543117) la diligenciación de la transmisión o cambio de titularidad y en consecuencia la matrícula de la máquina recreativa tipo B, modelo Limón y Baby, serie 1-22192, amparada en el permiso de explotación SEB/6686, matrícula HU/2811, por incumplimiento del art. 27.2 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma, por no encontrarse en explotación la citada máquina recreativa desde el 27 de diciembre de 1990, conforme prevé el citado artículo. El Jefe del Servicio de Juegos y Espectáculos Públicos. Fdo. Antonio Alvarez Tobar. Resolución. Conforme con la anterior Propuesta. Notifíquese al interesado como Resolución de esta Delegación de Gobernación, significándole que no agota la vía Administrativa, pudiendo interponer contra la misma Recurso Ordinario, ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación en el plazo de un mes desde la presente su notificación, con los requisitos previstos en los arts. 114 y siguientes de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Huelva, 29 de septiembre de 1995.- El Delegado, José Antonio Muriel Romero.
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