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Por Orden de 8 de octubre de 1991 (BOJA núm. 92, de 18 de octubre), la Consejería de Obras Públicas y Transportes acordó la inscripción de la empresa «I.C.C. Control de Calidad, S.L.¯, en la instalación sita en Almería, C/ Estadio, 49, en la Sección Primera de Laboratorios del Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública, asignándole el número L002-02AL. La citada entidad se encuentra acreditada en las áreas técnicas siguientes: Ensayos de laboratorio de mecánica del suelo; Toma de muestras inalteradas, ensayos y pruebas in situ de suelos; Control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua.
Habiéndose producido el traslado del domicilio de la instalación acreditada, en virtud de lo establecido en la Orden de 15 de junio de 1989 reguladora del Registro, esta Consejería, a propuesta de la Secretaría General Técnica, ha resuelto lo siguiente:
Primero: Cancelar la inscripción número L002-02AL, del Registro de Entidades
Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública, concedida a la empresa en la instalación citada, anulando la acreditación en las áreas inscritas.
Segundo: Acreditar a la empresa «I.C.C. Control de Calidad, S.L.¯, en la instalación sita en Almería, C/ Albacete esq. C/ José Morales Abad, en la Sección Primera de Laboratorios, en las áreas técnicas siguientes: «Area de control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua¯.
- «Area de ensayos de laboratorio de mecánica del suelo¯.
- «Area de toma de muestras inalteradas, ensayos y pruebas in situ de suelos¯.
Tercero: Inscribirla en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública con el número L060-02AL.
Cuarto: Publicar la cancelación y la nueva inscripción producidas, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Quinto: La nueva acreditación tendrá validez por un período de cinco años, quedando supeditada al cumplimiento de lo establecido en la Orden de 15 de junio de 1989 y disposiciones específicas de cada una de las áreas acreditadas, debiendo en todo caso el interesado solicitar la prórroga de la misma dentro de los seis meses anteriores a la expiración de dicho período.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.
Sevilla, 15 de noviembre de 1995
FRANCISCO VALLEJO SERRANO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Arquitectura y Vivienda, Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, Director General de Carreteras, Director General de Transportes, Director General Obras Hidráulicas y Delegados Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
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