Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 4/2/1995

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Otros. AYTO. DE ALCALA DE LOS GAZULES (CADIZ)

ANUNCIO de bases

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BASES QUE HAN DE REGIR EN LAS PRUEBAS DE SELECCION PARA CUBRIR EN PROPIEDAD LAS PLAZAS VACANTES EN LA PLATILLA DE LA POLICIA LOCAL, APROBADAS POR EL PLENO DE LA CORPORACION EN SESION DEL 30 DE DICIEMBRE DE 1994.

Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión definitiva de las plazas de la Policía Local que se especifican en los anexos a estas bases, incluidas en la oferta de empleo público de este Ayuntamiento para el año 1994.

Estas plazas pertenecen a la escala básica de la Policía Local, con la categoría que en cada caso se especifica, y están dotadas con los haberes correspondientes al grupo, nivel y demás retribuciones complementarias que correspondan al puesto de trabajo.

Segunda. El procedimiento de relación será el de concurso-oposición, realizándose esta convocatoria al amparo de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda del Decreto 196/1992, de 24 de noviembre, por el que se regula la selección, formación y movilidad en los cuerpos de la Policía Local de Andalucía.

Por aplicación de dicha Disposición, únicamente podrán acceder a la fase de concurso aquellos aspirantes que tengan nombramiento de policías interinos de este Ayuntamiento con anterioridadal día 28 de enero de1993.

Tercera. Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a)Nacionalidad española.

b)Tener dieciocho años de edad y no exceder de aquéllos en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa, ni de la que se especifique en el anexo correspondiente de estas bases.

c)Una estatura mínima de 1,70 metros los hombres y1,65 las mujeres.

d)Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.

e)Estar en posesión del título de graduado escolar, formación profesional de primer grado o equivalente.

f)No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

g)Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A-2 y B-2.

h)No padecer enfermedad o defecto físico que figure comprendido en el cuadro de exclusiones aprobados por la Orden de la Consejería de Gobernación de 29 de enero de 1993 (BOJA núm. 13, de 6 de febrero).

El cumplimiento de todos estos requisitos está referido a la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

Tercera. Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas deberán ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento, en el modelo que será facilitado en las oficinas municipales, dirigidas al Sr. Alcalde, en días laborables, de 9 a 14 horas. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarta. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista de admitidos y excluidos, y sus causas. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, con remisión a su exposición detallada en el tablón de edictos de la Casa Consistorial. Los aspirantes excluidos podrán reclamar en el plazo de diez días a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Quinta. El Tribunal calificador quedará formado como sigue:

Presidente: El de la Corporación o miembro en quien delegue. Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue. Vocales:

- Dos Concejales designados por el Alcalde.

- Un Concejal designado por los portavoces de los grupos de la oposición.

- Un representante de la Junta de Andalucía nombrado por la Consejería de Gobernación.

- Un representante del Comité Unitario del Personal del Ayuntamiento.

- Un funcionario del Area de personal de la Diputación Provincial.

Estos tres últimos vocales deberán tener igual o superior titulación a la exigida para las plazas objeto de la convocatoria.

Sexta. El calendario de inicio de la pruebas, hora y lugar de su realización se publicará en el tablón de edictos de la Corporación, y en el Boletín Oficial de la Provincia, así como la composición del Tribunal.

Séptima. Terminada la clasificación de los aspirantes, el tribunal publicará la relación, con propubtenido las mayores puntuaciones. Los aspirantes que hayan obtenido las plazas deberán presentar en el plazo de treinta días a contar desde la publicación de la relación, los documentos justificativos de poseer las condiciones previstas en los apartados a, b, d, e, f y g de la base tercera de esta convocatoria, quedando anuladas todas sus actuaciones si no lo hicieran, no pudiendo ser nombrados, y sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir por falsedad en su instancia.

Octava. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, que tendrán carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Consistirá en realizar las pruebas de aptitud física que se especifican en cada caso en los anexos de estas bases. Para la realización de estas pruebas los aspirantes deberán entregar al Tribunal, antes de efectuarse el reconocimiento facultativo, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas deportivas.

Se calificará de apto o no apto, siendo eliminatorio el no superar alguna de las pruebas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, y la resolución de un caso práctico. Tanto las preguntas como el caso práctico serán propuestos por el tribunal sobre las materias del temario especificado en los anexos de estas bases.

Las preguntas contestadas correctamente serán puntuadas con 0,20 puntos, las incorrectas descontarán 0,10 puntos y las no contestadas no puntuarán. El caso práctico será puntuado de 0 a 10 puntos por cada miembro del tribunal, haciéndose la media de las calificaciones obtenidas.

Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos en las contestaciones y otros 5 en la resolución práctica. La calificación final será la suma dividida por 2. Para su realización dispondrán los aspirantes de tres horas.

Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de un cuestionario tipo test, dirigido a determinar las aptitudes y actitudes del aspirante para el desempeño del puesto.

Cuarto ejercicio: El aspirante deberá pasar un examen médico con sujeción al cuadro de exclusiones recogido en la Orden de 29 de enero de 1993, antes citada.

Se calificará de apto o no apto.

Novena. En la fase de concurso serán valorados los méritos alegados por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y se encuentren en las circunstancias a que se refiere el párrafo segundo de la base segunda de esta convocatoria.

La justificación de los méritos alegados deberá acompañar a la solicitud, mediante la presentación de los documentos originales o fotocopias compulsadas de los mismos.

Los méritos serán valorados por el Tribunal con arreglo al Baremo de la Orden de 29 de enero de 1993. La calificación máxima que puede asignarse en esta fase es de 4,5 puntos.

Décima. La puntuación final de cada aspirante estará constituida por la suma de las obtenidas en la oposición y en el concurso, en su caso.

Undécima. En todo lo no previsto en estas bases será de aplicación lo dispuesto en el Decreto 196/1992, de 24 de noviembre y Orden de 29 de enero de 1993, mencionadas.

ANEXO I

Denominación: Cabo de la Policía Local.

Escala: Básica de la Policía Local.

Categoría: Cabo.

Grupo: D. Nivel: 10.

Número de plazas: 2.

Pruebas de aptitud física: Las establecidas como obligatorias para acceso a la categoría de Cabo en la Orden de 29 de enero de 1993.

Temario para el segundo ejercicio: El establecido para la categoría de Cabo en la Orden de 29 de enero de 1993.

ANEXO II

Denominación: Guardia de la Policía Local.

Escala: Básica de la Policía Local.

Categoría: Policía.

Grupo: D. Nivel: 8.

Número de plazas: 7.

Requisitos específicos de edad: No haber cumplido treinta años. Están dispensados de este requisito quienes tengan nombramiento de policías interinos con anterioridad al 28 de enero de 1993.

Pruebas de aptitud física: Las establecidas como obligatorias para acceso a la categoría de Policía en la Orden de 29 de enero de 1993.

Temario para el segundo ejercicio: El establecido para la categoría de Policía en la Orden de 29 de enero de 1993.

Alcalá de los Gazules, 3 de enero de 1995.- El Alcalde, Luis Romero Acedo.

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