Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 21/2/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 9 de febrero de 1995, del Instituto de Estadística de Andalucía, por la que se adjudican tres becas de formación en el área de la estadística pública en el sistema estadístico de Andalucía.

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Vista el Acta de la comisión de selección y valoración de solicitudes de becas de formación, celebrada el día 20 de diciembre de 1994, nombrada según establece la Base XI de la Resolución de 20 de octubre de 1994, BOJA núm.172 de 29 de octubre, por la que se anunciaba convocatoria pública para otorgar becas de formación en el área de la estadística pública en el Sistema Estadístico de Andalucía, y de conformidad con lo establecido en los puntos tercero y cuarto de la Resolución de 17 de enero de 1995, por la que se adjudican becas de formación en el área de la estadística pública en el Sistema Estadístico de Andalucía, este Instituto resuelve:

Primero: Otorgar tres becas de formación en el área de la estadística pública, una para titulados superiores y dos para diplomados en estadística, a los beneficiarios que figuran en el anexo adjunto.

Segundo: La dotación de esta beca comprende:

a) Una asignación mensual de 80.000 ptas.

b) Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica.

c) En su caso, las indemnizaciones por desplazamiento que se produzcan por razón del régimen de formación.

Estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección del Instituto de Estadística de Andalucía.

Tercero: En caso de renuncia de los beneficiarios de estas becas durante su período de vigencia, la vacante será cubierta en orden a la puntuación establecida por la Comisión de Selección.

Cuarto: Se concede un plazo de tres días, contados desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación de la beca, para que los interesados procedan a la aceptación o renuncia de la misma. Si transcurrido dicho plazo no se presentase escrito de aceptación o renuncia en el Registro General del Instituto de Estadística de Andalucía, sito en C/ Marqués del Nervión núm.40, de Sevilla, se entenderá que se renuncia a la beca adjudicada.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este Organismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 9 de febrero de 1995.- El Director, Rafael Martín de Agar y Valverde.

ANEXO

RELACION DE ADJUDICATARIOS DE BECA

DE FORMACION

Titulado Superior

Apellidos y Nombre DNI

Müller de los Reyes, Mª Cristina 28.879.253

Diplomados en Estadística

Gómez García-Carpintero, Raúl Lorenzo 08.945.115 Fernández García, Francisco Javier 34.029.240

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