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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 23 de enero de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 742/93, promovido por Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Que debemos de estimar y estimamos el recurso presentado por el Procurador Sr. Conradi Rodríguez, en nombre y representación de Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., contra las resoluciones de la Delegación Provincial de Sevilla de 11 de agosto de 1992 y de la Dirección General de la Consejería de Trabajo de 13 de julio de 1993, las que hemos de anular por ser contrarias al orden jurídico. No se aprecian razones para la imposición de costas.
Sevilla, 20 de marzo de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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