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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Torredonjimeno, se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos
22.2.L, 79 y 80 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, 79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, artículos 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, R.D. 1372/86, de 13 de junio. Siendo competente el Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía para dar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.
En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:
Primero: Prestar conformidad a la enajenación mediante subasta, acordada por el Ilmo. Ayuntamiento de Torredonjimeno (Jaén), en sesión plenaria de
10.11.94 del siguiente inmueble:
Parcela de terreno en «Las Celadas«, con una superficie de 5.468 m2. Linda al Norte con las parcelas de doña Dolores Párraga Illana y doña Carmen Illana Párraga respectivamente, al Sur y Este con el camino de «Las Celadas« y al Oeste con la parcela de don Francisco Navas Illana. Inscrita en el Registro de la Propiedad, en el folio 56, tomo 867, libro
170, número 10.540 (4ª ).
Valor pericial: 600.000 ptas.
Segundo: Comunicar la presente Resolución al Ilmo. Ayuntamiento de Torredonjimeno.
Jaén, 27 de marzo de 1995.- El Delegado, Miguel Ocaña Torres.
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