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Don Manuel Bejarano Zafra, Alcalde-Presidente de este Excmo. Ayuntamiento, hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 8 de marzo de 1995, entre otros, adoptó el acuerdo de Modificación de las Bases que han de regir la convocatoria de provisión en propiedad de Dos Plazas de Guardia de la Policía Local y que fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 14 de fecha 26.1.1995, pp. 807?810. Dicha modificación se debe al ajuste de estas Bases a lo dispuesto en el Decreto 196/1992 de 24 de noviembre y a la Orden de la Consejería de Gobernación de 29 de enero de 1993 y consisten en lo siguiente:
MODIFICACION BASES CONCURSO-OPOSICION LIBRE DE DOS PLAZAS DE GUARDIAS DE LA POLICIA LOCAL
Base Séptima: Proceso selectivo.
A) Fase de concurso. En esta fase, a la que sólo podrán acogerse aquellos policías con nombramiento interino, en esta Corporación, a que se refiere la D.P. 2ª del Decreto 196/1992, el Tribunal a la vista de los méritos alegados y justificados por los aspirantes, determinará la puntuación que corresponda, según el baremo fijado en el anexo II y con un máximo por todos los conceptos de 4,5 puntos. Esta fase no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
ANEXO II. BAREMO DE VALORACION DE MERITOS
B) Antigüedad.
- Por cada año prestado en la misma categoría con nombramiento interino en esta Corporación: 0,15 puntos (máximo 15 años).
- Por cada año prestado en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, en categoría equivalente: 0,10 puntos (máximo 15 años).
- Por cada año prestado en otros Cuerpos de las distintas Administraciones Públicas: 0,05 puntos (máximo 15 años).
Lo que se publica para general conocimiento.
Pinos Puente, 27 de marzo de 1995.- El Alcalde, Manuel Bejarano Zafra.
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