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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto
266/1988 de 2 de agosto por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D l S P O N G O
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AYUNTAMIENTO DE HORNACHUELOS (CORDOBA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio 75 ptas./abonado/trimestre
Cuota variable o de consumo
Consumo doméstico
Hasta 21 m3 trimestre 30 ptas./m3 Más de 21 m3 hasta 41 m3 trimestre 45 ptas./m3 Más de 41 m3 en adelante trimestre 65 ptas./m3
Derechos de acometidas
Parámetro A 499 ptas./mm
Parámetro B 1.166 ptas.@litro/segundo
Cuota de contratación
Conforme a lo establecido en el artículo 56 del Decreto 120/91, por el que se aprueba el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 53 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 3 de abril de 1995
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejero de Economía y Hacienda
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