Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 20/5/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales

RESOLUCION de 27 de febrero de 1995, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de Sector Salas de Exhibiciones Cinematográficas de Sevilla y su provincia. (4102125).

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Visto el Convenio Colectivo de Sector Salas de Exhibiciones Cinematográficas de Sevilla y su provincia (Código: 4102125), cuya duración comprenderá desde el 1 de abril de 1994, hasta el 31 de marzo de 1995, suscrito por la Asociación Provincial de Empresarios de Exhibición Cinematográfica y UGT.

Visto lo dispuesto en el art. 90 de la Ley 8/80, de 10 de marzo, en relación con el RD 1040/81, de 22 de mayo, los Convenios Colectivos deberán ser presentados ante la Autoridad Laboral a los solos efectos de su registro, publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y remisión, para su depósito, al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (C.M.A.C.). Visto lo dispuesto en el art. 2.b del RD 1040/81, de 22 de mayo, que dispone que serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios de cada una de las Delegaciones de Trabajo los Convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del referido Estatuto, sus revisiones y los acuerdos de adhesión a un Convenio en vigor. Esta Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, acordó con fecha 30 de enero de 1995:

Primero. Registrar el Convenio Colectivo de Sector Salas de Exhibiciones Cinematográficas, de Sevilla y su provincia.

Segundo. Remitir el mencionado Convenio al C.M.A.C. para su depósito.

Tercero. Comunicar dicho acuerdo a las representaciones económica y social de la Comisión Negociadora, en cumplimiento del art. 3 del RD 1040/81, de 22 de mayo.

Cuarto. Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia.

Visto que con fecha 14 de febrero de 1995, tiene entrada en esta Delegación Provincial escrito del Gobierno Civil de Sevilla, mediante el cual se nos devuelve sin publicar en el Boletín Oficial de la Provincia el texto del Convenio Colectivo de Sector Salas de Exhibiciones Cinematográficas, de Sevilla y su provincia.

Visto que por el art. 43 de la Ley 42/94, de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, se modifica el apartado 3º del art. 90 del Estatuto de los Trabajadores (Ley 8/80, de 10 de marzo). Visto que la citada modificación dispone la publicación obligatoria y gratuita de los Convenios Colectivos en función del ámbito territorial de los mismos en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas a que correspondan.

Visto, por consiguiente, que el referido Convenio deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, esta Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía,

A C U E R D A

Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del Convenio Colectivo de Sector Salas de Exhibiciones Cinematográficas, de Sevilla y su provincia.

Sevilla, 27 de febrero de 1995.- La Delegada, P.A. (Decreto 21/85, de 5.2), La Secretaria General, Mª de los Angeles Pérez Campanario.

ANEXO Convenio Colectivo de Sector Salas de Exhibiciones Cinematográficas de Sevilla y su provincia (4102125).

ACTA FINAL

Convenio Colectivo de Exhibición Cinematográfica

Asistentes:

Representación Empresarial:

Don Juan Chiclana Egea.

Don Francisco Hernández García.

Representación de los Trabajadores:

Don Juan Pedrosa Ruiz.

Don Federico Barrero Barrera.

Don Ignacio Martín Domínguez.

En la ciudad de Sevilla, siendo las 10,00 horas del día 10 de noviembre de

1994, en los locales de la U.G.T. sita en Avda. Blas Infante, 4, 2ª planta, se reúnen las personas antes citadas, al objeto de deliberar el Convenio Colectivo Provincial de Exhibición Cinematográfica de Sevilla. Abierto el acto, se procede a la lectura del articulado del texto del Convenio Colectivo de Trabajo para la citada actividad resultado de las sesiones de trabajo de dicha Comisión.

Una vez realizada la lectura se presta conformidad por ambas partes representativas al contenido del texto del Convenio, así como a la tabla salarial anexa, procediéndose seguidamente a su firma por todos los asistentes de todo lo cual, en señal de conformidad se levanta la siguiente acta final, firmada en señal de aprobación por todos los componentes de la Comisión Negociadora, en el lugar y fecha al inicio indicado.

Ver fascículo 2 de 2 de este mismo número

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