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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Olivares se ha dado cumplimiendo a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril; arts. 109.1, 112.2, 113, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de 13 de junio de 1986, Ley
7/85, de 2 de abril y demás preceptos de general aplicación. El art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere a esta Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de Régimen Local. El Decreto 29/1986, de 19 de abril, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, atribuye a esta Delegación competencia para dar conformidad a los expedientes de permuta, siempre que su cuantía sea inferior al 25% de los recursos ordinarios del presupuesto de la Corporación.
A fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno de Olivares, en sesión celebrada el pasado día 3 de mayo, por el que se aprueba la permuta de dos parcelas de propiedad municipal, calificadas en el Inventario como bienes patrimoniales, por unos terrenos propiedad de don Baldomero Naranjo Belloso, don Antonio Martín García y sus respectivas esposas, siendo la descripción de los bienes la siguiente:
PROPIEDAD PARTICULAR
Finca rústica, sita en el lugar conocido como «La Cañada«, propiedad de don Baldomero Naranjo Belloso, don Antonio Martín García y sus respectivas esposas, que cuenta con una superficie de 5.719 m2, según la última medición y linda: Al Norte, con la Ctra. SE-510; al Este, con las medianeras de una manzana de viviendas que dan fachada a la c/ Hermana Calvario; al Sur, con la parcela catastral núm. 7 y al Oeste, con parcela catastral núm. 5. La valoración económica de la finca es de 5.560.800 ptas. Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Sanlúcar la Mayor, al tomo 1.793, libro 131 de Olivares, folio 107, finca núm. 2.235.
PROPIEDAD MUNICIPAL
Parcelas núms. 17 y 19 de la c/ Don Pedro de Guzmán, de naturaleza urbana, que cuenta con una superficie de 463,40 m2 y lindan: Por la c/ Don Pedro de Guzmán, con unas viviendas de Protección Oficial ya terminadas, y por la Avenida Conde-Duque de Olivares, con unas viviendas sociales municipales, actualmente en fase de construcción.
La valoración ecónomica de las parcelas alcanzan la cantidad de 5.560.800 ptas.
Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Sanlúcar la Mayor al tomo
1.654, libro 117, folio 83, finca núm. 5.670, inscripción 2ª
Por cuanto antecede, y al amparo de la legislación invocada:
HE RESUELTO
1º Prestar conformidad a la permuta de dos parcelas propiedad del Ayuntamiento de Olivares, por unos terrenos propiedad de don Baldomero Naranjo Belloso, don Antonio Martín García y sus respectivas esposas.
2º Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3º Notificar la presente resolución al Ayuntamiento de Olivares.
Sevilla, 15 de mayo de 1995.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.
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