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Ilmo. Sres.: El establecimiento de recargos transitorios denominados usualmente cánones de mejora constituye una de las fórmulas de colaboración entre el Estado o las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales para la ejecución de obras de abastecimiento y saneamiento que viene establecida y regulada por el Decreto de 1 de febrero de 1952, completado por Decretos de 25 de febrero de 1960, de 25 de octubre de 1962 así como el Real Decreto
1.547/79 de 29 de junio y por el Decreto 120/1991 de 11 de junio por el que se aprueba el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El Decreto 125/1991 de 18 de junio del Consejo de Gobierno faculta al Consejero de Obras Públicas y Transportes para autorizar la implantación y revisión de recargos transitorios sobre las tarifas de abastecimiento y saneamiento de agua dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Con fecha 23 de julio de 1985, fue suscrito un Convenio entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes y el Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera para la realización de obras de saneamiento en su término municipal. Con el fin de hacer frente a la financiación de las obras del Convenio a su cargo, el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera solicita la aprobación de un Recargo Transitorio por un importe de 6,45 ptas./m3 destinado a hacer frente a las amortizaciones de los créditos concertados para este fin. Con fecha 20 de abril de 1990, el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, presenta ante la Dirección General de Obras Hidráulicas, la solicitud de revisión del mencionado Recargo adjuntando un estudio económico-financiero en el que quedan reflejados las necesidades actuales y previsiones futuras. Dicho Recargo es aprobado por Orden de 31 de julio de 1991 por un plazo y cuantía cuyos valores quedan reflejados en la siguiente relación:
Año Ptas. m3 agua facturada
1991 15
1992 20
1993 20
1994 25
1995 25
1996 26
1997 27
1998 27
1999 25
2000 24
2001 24
Posteriormente con fecha 21 de junio de 1994, el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera presenta una solicitud de autorización de una nueva actualización del recargo transitorio sobre las tarifas de Abastecimiento y Saneamiento acompañada del correspondiente estudio económico financiero, con objeto de hacer frente a las amortizaciones correspondientes a los empréstitos solicitados por el Ayuntamiento para la financiación de un programa de obras de Abastecimiento y Saneamiento.
En su virtud, y de acuerdo con las competencias atribuidas por las disposiciones citadas, a propuesta de la Dirección General de Obras Hidráulicas, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:
Artículo 1ºSe autoriza al Ayuntamiento de Jerez de la Frontera a revisar el recargo transitorio sobre las tarifas vigentes de Abastecimiento y Saneamiento aprobado por Orden de 31 de julio de 1991, por los importes y períodos que a continuación se relacionan:
Importe en ptas./m3 Período de Aplicación
25 Enero de 1995-Diciembre 1995
26 Enero de 1996-Diciembre 1996
27 Enero de 1997-Diciembre 1997
28 Enero de 1998-Diciembre 1998
29 Enero de 1999-Diciembre 2003
26 Enero de 2004-Diciembre 2004
20 Enero de 2005-Diciembre 2005
16 Enero de 2006-Diciembre 2006
14 Enero de 2007-Diciembre 2007
13 Enero de 2008-Diciembre 2008
11 Enero de 2009-Diciembre 2009
10 Enero de 2010-Diciembre 2011
8 Enero de 2012-Diciembre 2012
7 Enero de 2013-Diciembre 2013
3 Enero de 2014-Diciembre 2014
Esta Canon anula y sustituye a los anteriores.
La implantación de estos nuevos importes y períodos de aplicación deja sin efecto los hasta ahora vigentes.
Artículo 2ºLa vigencia del recargo será de veinte (20) años, según se relaciona en el artículo 1º, a partir de su entrada en vigor, sin perjuicio del aumento o disminución de este plazo en función de las amortizaciones realizadas.
Artículo 3ºEl recargo sobre las tarifas posee una naturaleza económico-financiera distinta de la de la explotación del Servicio de Aguas, por lo que su régimen contable será independiente y separado del de este Servicio.
Artículo 4ºEl recargo se aplicará como garantía de las empréstitos concertados por el Ayuntamiento para la financiación de las obras a su cargo comprendidas en el programa de abastecimiento y saneamiento, que se recogen en la relación que se adjunta como anexo, cuyos proyectos deberán ponerse en conocimiento de la Dirección General de Obras Hidráulicas.
Artículo 5ºSerá condición de obligado cumplimiento para la vigencia del recargo la constatación del carácter finalista de su aplicación. A estos efectos, el Ayuntamiento deberá llevar una contabilidad expresa de los ingresos que se produzcan por canon, así como de los pagos por amortización de los créditos. Anualmente al menos y cuando sea preciso deberá efectuar una auditoría por entidad competente y externa al Ayuntamiento.
Artículo 6ºLa constatación por parte de la Consejería de Obra Públicas y Transportes de una incorrecta aplicación del recargo determinará, previa audiencia de los órganos correspondientes del Ayuntamiento, el cese de la vigencia y aplicación del mismo, acordada mediante Resolución del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes.
Artículo 7ºEl recargo será objeto de revisión y nueva aprobación en el supuesto de que durante su período de vigencia surgiera la necesidad de efectuar alguna modificación en el programa de obras previsto.
DISPOSICION FINAL
Se autoriza al Viceconsejero de Obras Públicas y Transportes para dictar cuantas disposiciones y actos sean necesarios para la ejecución de la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.
Sevilla, 12 de enero de 1995
FRANCISCO VALLEJO SERRANO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Obras Hidráulicas, Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en Cádiz.
ANEXO
Programa de Obras
Descripción de la obra Presupuesto total
E.D.A.R. Guadalete 1.192.061 Hinca cruces Renfe/carretera 47.569
Obras accesorias Hinca 25.731
Colector Cañada Feria 1ª Fase 102.515
Colector Cañada Feria 2ª Fase (ª) 124.615
Colector General 2ª Fase (ª) 252.831
O.C. colector Gral. 2ª Fase 1.786
Aliviadero San José Obrero 176.631 O.C. Canal Aliviadero San José Obrero 6.515
Zona Verde Colector Aliviadero
Acc. Autopista 4.460
Colector San José Obrero 53.532
Colector Centro 1ª Fase 290.266
Modif. Tub. 100 c/ Pizarro 1.358
Pluviales Pza. Constitución 2.013
Colector Centro 2ª Fase 57.439
O.C. Colector Centro 2ª F. 4.600
Colector Centro 3ª fase 26.257
Aliviadero la Granja/Em. S.J.O. 66.427
Aliviadero San Enrique 40.365
Aliviadero Polígono Sur 48.753
Aliviadero Liberación (Ctor. Portal) 130.553 Colector Albarizones 4.554
Colector Paseo Delicias 96.157
Colector Ctra. de Cortes 41.949
Colector San Telmo 25.222
Saneamiento Bda. Primo de Rivera 30.710
Colector para U.A.-2G-2 5.587
Alcantarillado Mesas del Corral 11.961
Alcantarillado Feria 4.639
Colector Calvario 10.517
Colector Torremelgarejo 36.115
Colector Estella del Marqués 53.517
Saneamiento y Depuración Lomopardo 16.152
Ajardinamiento Edar Guadalete 42.550
Saneamiento Cañada del León 9.516
Saneamiento Rajamancera 21.316
Mesas de Sta. Rosa/Pozo Romano 16.205
Las Pachecas-Repastasderos 22.224
Saneamiento y Depuración San José del Valle 92.380
Saneamiento y Depuración La Barca
de la Florida 89.856
Saneamiento y Depuración Guadalcacín 92.149
Saneamiento y Depuración Nueva Jarrilla 48.570
Saneamiento y Depuración Torrecera 44.122
Saneamiento y Depuración El Torno 45.541
Saneamiento y Depuración Cuartillos 16.382
Saneamiento y Depuración San Isidro 26.455
Saneamiento y Depuración Majarromaque
(José Antonio) 19.086
Saneamiento y Depuración Gibalbín 31.050
Saneamiento y Depuración Las Tablas 24.150
Saneamiento y Depuración Mesas de Asta 38.984
Saneamiento y Depuración El Portal 31.050
Saneamiento y Depuración Brioles 13.800
Expropiaciones 150.000 Estudio Implant. Edars E.L.M. 12.581
Estudio Implantación Colectores 28.757
Abastecimiento Gibalbín (ª) 190.886 Ampliación dist./acom. Gibalbín 10.224
Conduc. Arteria ramal Sur (Polig. S) 89.966
Conduc. Arteria ramal Norte 115.000 Instalación depósito Sur 1 117.623 Instalación depósito Monte-Alto 3 92.000
Ramal Torremelgarejo-N. Jarilla 57.500
Total 4.583.283.- M/ptas.
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