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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 26 de septiembre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 5171/92, promovido por Tubecon, SA., sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso número 5171 de 1992, interpuesto por Entidad Mercantil Tubeconsa, representada por el Procurador D. Juan José Barrios Sánchez y defendida por el Letrado D. Emilio J. Moreno de Llamas, contra la resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía de 10 de septiembre de 1992, que desestimó el recurso de alzada interpuesto frente a la decisión de la Delegación Provincial de la Consejería en Sevilla de 24 de febrero anterior que impuso al demandante la sanción recurrida, la que debemos confirmar y confirmamos por ser conforme con el ordenamiento jurídico. Sin costas,
Sevilla, 10 de enero de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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