La Junta
Consejo de Gobierno
Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Cádiz, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de Auto-Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
ASOCIACION LOCAL DE AUTOTURISMOS DE ROTA, ROTA (CADIZ)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Tarifa base
Kilómetro recorrido 70 ptas. Hora de espera 1.825 ptas. Carrera mínima 349 ptas.
Suplementos
Maleta o bulto de más de 60 cm. 50 ptas. Servicios días festivos (00 a 24 h.) 75 ptas. Servicios nocturnos en días
laborables (22 a 6 h.) 75 ptas.
Suplementos locales
Ferias, Romerías, similares 40% Bodas, Bautizos, Entierros 20%
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 30 de septiembre de 1996
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
Disposición anterior
Disposición siguiente