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Yo, Juan Carlos Martín Romero, Notario de Torremolinos, Ilustre Colegio de Granada, con despacho en Torremolinos, Edf. Entreplazas 1-189, hago saber: Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, expediente provisional número «Uno¯, de la siguiente finca:
Finca número treinta y ocho. Vivienda tipo G, radicada en la planta primera, del portal o bloque tres de la calle Alessandra, en la Segunda Fase «B¯ del Conjunto Pueblo Santa Fe, en la Urbanización El Saltillo, de Torremolinos.
De superficie construida aproximada de sesenta y dos metros cuadrados, distribuida en hall, un dormitorio, salón-comedor con cocina americana, baño y terraza. Linda: Al Nordeste, por donde tiene su acceso, con galería de acceso; por su derecha, entrando, con la vivienda tipo F; por su izquierda, con la vivienda tipo H; y al fondo, con fachada Suroeste.
Cuota: Un entero cuatro mil ochocientas dieciocho diezmilésimas por ciento (1,4818%).
Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad número tres de Málaga, al tomo 646, libro 552, folio 76, finca 22.075, inscripción 5.ª, siendo la hipoteca objeto de la presente Acta la inscripción 6.ª
Y que procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:
1. Se señala la primera subasta para el día 12 de diciembre de 1996, a las once horas; la segunda, en su caso, para el día 13 de enero de 1997, a las once horas; y la tercera, en el suyo, para el día 12 de febrero de 1997, a las once horas; y en caso de mejora de la postura de la tercera subasta, se señala para la licitación entre los mejorantes y mejores postores el día 20 de febrero de 1997, a las once horas.
2. Todas las subastas se celebrarán en mi despacho, sito en Plaza de Andalucía, Edf. Entreplazas 1.º, local 189, Torremolinos (Málaga).
3. El tipo para la primera subasta es de cinco millones doscientas veintinueve mil trescientas noventa y cuatro pesetas (5.229.394 ptas.); para la segunda, el setenta y cinco por ciento de la cantidad indicada; la tercera se hará sin sujeción al tipo.
4. La documentación y la certificación registral pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.
5. Los postores deberán consignar previamente en la Notaría, el treinta por ciento del tipo correspondiente, o el veinte por ciento del de la segunda subasta para tomar parte en la tercera.
6. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo, o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
En Torremolinos, a cinco de noviembre de mil novecientos noventa y seis.
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