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Visto el expediente instruido a instancia de don Miguel Rodríguez Pinilla, como representante de la entidad «Ciudad Escolar Onubense, S.A.¯, Titular del centro docente privado «Entrepinos¯, sito en Corrales, del municipio de Aljaraque (Huelva), en calle Juan Ramón Jiménez, núm., solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento de dicho Centro con 3 unidades de Educación Infantil 2.º Ciclo, 6 unidades de Educación Primaria, 8 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, y 4 unidades de Bachillerato, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.
Resultando que el Centro privado «Entrepinos¯ de Aljaraque (Huelva) tiene autorización definitiva para tres centros, uno de Educación Preescolar de 4 unidades y 160 puestos escolares, otro de Educación General Básica de 8 unidades y 320 puestos escolares y otro de Bachillerato Unificado y Polivalente de 8 unidades y 320 puestos escolares.
Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Huelva, como se contempla en el art. 9 punto 2.º del Decreto 109/92, de 9 de junio.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:
Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la apertura y funcionamiento del Centro de Educación Secundaria «Entrepinos¯ de Aljaraque (Huelva) y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva de los centros existentes en el mismo edificio o recinto escolar que se describe a continuación:
A) Denominación Genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: «Entrepinos¯.
Titular: Ciudad Escolar Onubense, S.A.
Domicilio: Calle Juan Ramón Jiménez, núm. 2. Localidad: Corrales.
Municipio: Aljaraque.
Provincia: Huelva.
Código del Centro: 21003621.
Enseñanzas a impartir: Educación Infantil 2.º Ciclo. Capacidad: 3 unidades y 75 puestos escolares.
B) Denominación Genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación Específica: «Entrepinos¯.
Titular: Ciudad Escolar Onubense, S.A.
Domicilio: Calle Juan Ramón Jiménez, núm. 2. Localidad: Corrales.
Municipio: Aljaraque.
Provincia: Huelva.
Código del Centro: 21003621.
Enseñanzas a impartir: Educación Primaria. Capacidad: 6 unidades y 150 puestos escolares.
C) Denominación Genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación Específica: «Entrepinos¯.
Titular: Ciudad Escolar Onubense, S.A.
Domicilio: Calle Juan Ramón Jiménez, núm. 2. Localidad: Corrales.
Municipio: Aljaraque.
Provincia: Huelva.
Código del Centro: 21003621.
Enseñanzas que se autorizan:
a) Educación Secundaria Obligatoria.
Capacidad: 8 unidades y 240 puestos escolares.
b) Bachillerato.
Modalidad Ciencias de la Naturaleza y Salud.
Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.
Modalidades Humanidades y Ciencias Sociales.
Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.
Segundo. 1. Transitoriamente, y hasta que no se implanten las enseñanzas definitivas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica
1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, los centros mencionados podrán impartir las siguientes enseñanzas:
- El centro de Educación Infantil «Entrepinos¯ de Aljaraque (Huelva), en base al artículo 17.4 del Real Decreto 986/1991, podrá funcionar con una capacidad máxima total de 3 unidades y 120 puestos escolares, hasta finalizar el curso escolar 1990/2000, impartiendo Educación Preescolar. A partir del curso académico 2000/2001, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 punto 2 de la Orden de 31 de enero de 1992, por la que se regula la implantación gradual del segundo ciclo de la Educación Infantil en centro docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, impartirá Educación Infantil con la capacidad reflejada en la presente Orden.
- Educación Primaria/Educación General Básica, que progresivamente irá reduciendo y adaptando. Los cursos 1.º al 6.º de Educación Primaria implantarán el número máximo de 25 puestos escolares por unidad escolar de acuerdo con el calendario de aplicación antes citado.
- Bachillerato Unificado y Polivalente, que progresivamente irá reduciendo y extinguiendo, hasta la extinción de estas enseñanzas de acuerdo con el Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio citado.
Tercero. La presente autorización surtirá efecto al inicio del curso académico 1996/97, implantando progresivamente, a medida que se vayan autorizando las enseñanzas con arreglo al calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
Cuarto. Antes del inicio de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Huelva, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.
Quinto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando modifique cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 6 de noviembre de 1996
MANUEL PEZZI CERETTO
Consejero de Educación y Ciencia