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Por la Orden de 8 de octubre de 1996 de la Consejería de Gobernación, se integraron en la Función Pública Andaluza los funcionarios traspasados a la Comunidad Autónoma por los Reales Decretos 1400/1995, 1401/1995, 1402/1995 y
1403/1995, de 4 de agosto.
Con el Decreto 487/1996, de 5 de noviembre, se adecua la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Agricultura y Pesca para la adscripción de los funcionarios transferidos y asignados a esta Consejería, por los Decretos 218/1995, 219/1995, 220/1995 y
221/1995, de 19 de septiembre.
La presente Orden procede a adscribir a dichos funcionarios a los puestos de trabajo correspondientes a la Consejería de Agricultura y Pesca.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 32 letra d) de la Ley 9/1987, de
12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General.
En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 10 del Decreto 390/1996, de 10 de diciembre, de elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,
DISPONGO
Artículo 1. Adscripción del personal funcionario transferido.
Quedan adscritos con carácter definitivo los funcionarios cuyos datos identificativos se indican en el Anexo a esta Orden en los puestos que se detallan en el mismo.
Artículo 2. Procedimiento.
Las Unidades competentes en materia de personal remitirán a la Dirección General de la Función Pública la documentación exigida para la inscripción en el Registro General de Personal.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas las anteriores disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a la presente Orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 8 de noviembre de 1996
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]