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En el recurso contencioso-administrativo núm. 2231/93, interpuesto por doña Joaquina Rosa Castillo, representada por el Procurador Sr. Alcalde Sánchez y defendido por Letrado en ejercicio, contra resolución del Instituto Andaluz de Reforma Agraria de fecha 20 de julio de 1993, que le sancionaba por infracción administrativa a la normativa sobre montes.
En consecuencia con el recurso citado anteriormente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, ha dictado Sentencia con fecha 24 de junio de 1996, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Fallamos: Estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Eduardo Alcalde Sánchez, en nombre y representación de doña Joaquina Rosa Castillo, contra la Resolución de la Presidencia del IARA, de fecha 20 de julio de 1993, que en Expt. 436/93 (Denuncia 105/92) impuso a la recurrente la sanción de ciento seis mil pesetas de multa con obligación de repoblar el terreno roturado en el plazo máximo de dos años, por infracción administrativa sobre roturación de montes o terrenos forestales cuyo acto administrativo se anula por no conforme a derecho; sin expresa imposición de costas¯.
En su virtud, este Organismo, de conformidad con lo establecido en los arts.
118 de la Constitución, y la asunción competencial derivada de los Decretos
132/1996, de 16 de abril, de reestructuración de Consejerías y 271/1996, de
4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y de la Agencia de Medio Ambiente, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 11 de noviembre de 1996
JOSE LUIS BLANCO ROMERO
Consejero de Medio Ambiente
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