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Una vez firme la resolución dictada por el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de fecha 4 de marzo de 1996, notificada a través de su publicación en BOJA núm. 96 con fecha 22 de agosto del presente, por la que se le imponía a don Francisco Gómez Suárez, expediente sancionador H-47/96-E.P., una sanción de setenta y cinco mil pesetas (75.000 ptas.), por infracción a la normativa sobre Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, se procede a expedir el impreso de multa.
La cuantía de la sanción podrá hacerse efectiva en cualquier entidad colaboradora, utilizando la carta de pago núm. 338854 a partir del día siguiente a la presente notificación, y de acuerdo con la normativa vigente, de la siguiente forma: Si dicha notificación se efectúa entre el 1 y el 15 del mes en curso, el período voluntario será hasta el día 5 del mes siguiente; si la notificación se hace entre el 16 y el 30 del mes en curso, el período voluntario será hasta el 20 del mes siguiente, con apercibimiento de que si no consta el pago de la sanción, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Hacienda en vía de apremio.
El Secretario General, Fdo. Miguel A. Torres Díaz.
Huelva, 25 de noviembre de 1996.- El Delegado, José Antonio Muriel Romero.
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