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Como consecuencia de la precariedad de espacio físico existente en el Almacén de material y utillaje del Hospital General Básico de Baza, que actualmente es insuficiente para acoger el almacenamiento que damanda la prestación sanitaria realizada por el Centro, y careciendo de nuevas zonas que permitan la ampliación de éste, se hace completamente imprescindible la resolución inmediata de la situación mediante la única solución viable a corto plazo, cual es, el arrendamiento de un local, ubicado en las cercanías del Hospital, con destino a atender las necesidades de almacenaje que el mismo tiene.
Por estas circunstancias, resulta aconsejable proceder al arrendamiento de un local destinado a Almacén, que resulte adecuado a las necesidades actuales.
En el expediente consta Memoria justificativa del arrendamiento, Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas, en donde se detallan las características que deberá tener el local que se arriende, a fin de que resulte adecuado a los fines que se pretenden.
Asimismo, obra en el expediente Informe Fiscal, emitido por el Interventor-Adjunto Provincial de Granada, en el que se informa favorablemente el expediente núm. 194289/96, con un presupuesto de contrata total de un millón seiscientas setenta mil cuatrocientas pesetas, para los ejercicios 1996 a 2000.
La Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma (art.
79), así como el Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de dicha Ley, en su artículo 154, establecen que las Entidades Públicas dependientes de la Comunidad Autónoma podrán adquirir bienes y derechos. Asimismo, los artículos 79 y 167, respectivamente, establecen que estas adquisiciones se llevarán a cabo por el Organo que ostente su representación legal.
Y en virtud de las competencias que me confiere el artículo 6 de la Ley
8/1986, de 6 de mayo, de creación del Servicio Andaluz de Salud, y el artículo 11 del Decreto 317/1996, de 2 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, ambos puestos en relación a su vez con el artículo 12.1 de la Ley
13/95, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, y en el artículo 50.2 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
RESUELVO
Delegar en el Director-Gerente del Hospital de Baza (Granada), la Competencia necesaria para suscribir contrato de arrendamiento de local para ubicar las instalaciones del Almacén del Centro.
Esta Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOJA.
Sevilla, 27 de noviembre de 1996.- La Directora Gerente, Carmen Martínez Aguayo.
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