Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 24/02/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 31 de enero de 1996, por la que se presta conformidad a la cesión gratuita de un solar propiedad del Ayuntamiento de Begíjar (Jaén) a la Junta de Andalucía, Consejería de Educación y Ciencia, para la construcción de un Parvulario.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.1 del Real Decreto Legislativo

781/1986, de 18 de abril, artículos 109.2 y 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente: Prestar conformidad a la cesión gratuita de un terreno propiedad del Ayuntamiento de Begíjar (Jaén) a la Junta de Andalucía, Consejería de Educación y Ciencia, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 10 de julio de 1995, previa publicación en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 100, de 4 de mayo de 1995, y cuya descripción es la siguiente: Parcela de terreno de una superficie de 2.100 m2 que linda: Al Norte con la calle A, en donde se sitúa y donde tiene su acceso, que la separa de la finca matriz; al Sur, con los patios del Grupo Escolar; al Este con Rafael Martínez Palacios y al Oeste, con los corrales de varios de la calle Granada; no se haya comprendida en ningún plan de ordenación, reforma o adaptación y no es necesaria para la Entidad Local ni es previsible que lo sea en los diez años inmediatos.

Sevilla, 31 de enero de 1996

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación

Descargar PDF