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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don José María Fernández Martín contra la resolución del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de Córdoba, por la presente se procede a hacer pública la misma en su parte dispositiva final, al no haberse podido practicar en su domicilio.
Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación y Recursos de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.
En la ciudad de Sevilla, a quince de febrero de mil novecientos noventa y cuatro.
Vistos la Ley sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, el Reglamento de espectáculos taurinos y demás normas de especial y general aplicación resuelvo desestimar el recurso ordinario interpuesto, confirmando la resolución recurrida.
Contra la presente resolución -dictada en virtud de Orden de 29 de julio de
1985, de delegación de atribuciones- que agota la vía administrativa, se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el art. 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de
1956.- El Viceconsejero de Gobernación, P.D. (Orden de 29.7.85), Fdo.: Plácido Conde Estévez.
Sevilla, 8 de febrero de 1996.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Moreno Muela.
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