Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 02/03/1996

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Consejería de Industria, Comercio y Turismo

RESOLUCION de 30 de noviembre de 1995, de la Delegación Provincial de Jaén, de autorización de establecimiento de instalación eléctrica. (PP.3101/95).

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Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, a petición de Co. Sevillana de Electricidad, S.A., solicitando autorización para el establecimiento de una instalación eléctrica, y la autorización en concreto de utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo III del Decreto 2617/1966 sobre autorización de instalaciones eléctricas, y Capítulo III del Decreto 2619/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas ,Ley de 24.11.39.

Esta Delegación Provincial, ha resuelto:

Autorizar a Co. Sevillana de Electricidad, S.A. para el establecimiento de la instalación eléctrica cuyas principales características técnicas son las siguientes:

Líneas subterráneas que sustituyen:

- Cable subterráneo centro de transformación «Torre¯ a centro de transformación «Caja de Ahorros¯, de 118 mts.

- Cable subterráneo centro de transformación «22 de Julio¯ a centro de transformación «Sol¯ de 151 mts.

- Cable subterráneo centro de transformación «Polígono núm. 12¯ a centro de transformación «Polígono núm.13¯ de 166 mts.

- Cable subterráneo centro de transformación «Toril¯ a centro de transformación «22 de Julio¯ de 251 mts.

- Cable subterráneo centro de transformación «San Cristóbal¯ a línea de Circunvalación de 85 mts.

- Conductor de aluminio de 150 mm de sección nominal. Presupuesto en pesetas: 10.843.875.

Referencia: Exp. 6827.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma, con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Jaén, 30 de noviembre de 1995.- El Delegado, Francisco García Martínez.

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