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Doña María Jesús Nombela de Lara, Juez del Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Cazalla de la Sierra (Sevilla) y su partido judicial.
Hace saber: Que en este Juzgado y con el número 151/88 se sigue Procedimiento judicial sumario del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, a instancia de Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda (Unicaja) contra don Juan Bautista Brenes Navarro y doña Carmen Riestra, en reclamación del importe de un préstamo con garantía hipotecaria. Y en virtud de lo acordado en dicho procedimiento, en providencia dictada en el día de la fecha, se procederá a la venta en pública subasta, por primera vez, de las fincas que al final se describen.
El remate tendrá lugar en la Sala de audiencia de este Juzgado, sito en Plaza Mayor, el próximo día veintitrés de abril de 1996, a las 12,30 horas, previniéndose a los licitadores:
Primero. El tipo de subasta es el del valor asignado a cada finca, fijado en la escritura de préstamo, no admitiéndose posturas que no cubran dicha cantidad.
Segundo. Para tomar parte en la subasta, deberán los licitadores consignar previamente en la cuenta provisional de consignaciones de este Juzgado el veinte por ciento de dicha cantidad, sin cuyo requisito no serán admitidos.
Tercero. Los autos y las certificaciones a que se refiere la regla 4ª del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, estarán de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada.
Cuarto. Las cargas y gravámenes anteriores y preferentes, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.
De no haber postores en la primera subasta, se señala para la segunda subasta el día veintiuno de mayo de 1996 a las 12,30 horas, para la que servirá de tipo el 75% de la valoración, celebrándose tercera subasta, en su caso, el día dieciocho de junio de 1996, a las 12,30 horas, sin sujeción a tipo.
FINCA QUE SE SUBASTA
«Urbana: Casa sita en la villa de El Pedroso, calle Moret número veintinueve, en la actualidad número veintisiete y veintisiete A; tiene una medida superficial de doscientos metros cuadrados y linda; por la derecha de su entrada, con casa de Cipriano Cenico Carvajo, hoy de don Ramón Fernández Campos; por la izquierda de su entrada, con la de herederos de Margarita Irandi, hoy de Jesús Lora Alonso; Y por la espalda, con corral de don José López-Ibarra Claro, hoy propiedad de don Manuel García Alejo y don José Gómez Hernández. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cazalla de la Sierra, al folio 120, tomo 199, libro 21, finca número 1.266, inscripción
5ª¯. Esta finca fue valorada en 1.343.000 pesetas.
«Rústica: Suerte de olivar al sitio de La Sebastiana, del término de El Pedroso, de cabida tres hectáreas, ochenta y seis áreas y sesenta y siete centiáreas, y en ella seis y media aranzadas de olivar. Linda: Al Norte y Este, con fracción segregada de esta finca, que fue vendida a don José Ruiz Muñoz; al Sur, con suerte de don Juan Galván Cabezas, hoy sus herederos y al Oeste, con Antonio Morejón Romero y Antonio Rubio Reina. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cazalla de la Sierra, al tomo 601, libro 63, folio 199, finca número 3.181, inscripción 3ª¯. Esta finca fue valorada en
661.625 pesetas.
«Rústica: Cercado de tierra calma en el término municipal de El Pedroso, al sitio de Posada de Afuera o Pradillo, en extramuros de la población. Tiene una extensión de noventa y seis áreas y sesenta centiáreas, y contiene un pozo de agua potable. Linda: Al Norte, con el camino que va desde El Pedroso al mismo cercado y con los herederos de Genara Romera Valé; al Sur, con Diego Rodríguez Falcón; al Este, con la Cooperativa «Panificadora Virgen del Espino¯; y al Oeste, con el Camino de Cantillana a Cazalla. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cazalla de la Sierra, al tomo 694, libro 71, folio 86, finca número 3.773, inscripción 1ª¯. Esta finca fue valorada en la cantidad de 1.066.500 pesetas.
Si por causa de fuerza mayor tuviere que ser suspendida la subasta, se celebrará el día siguiente hábil, a la misma hora y en idéntico lugar. Y en el caso de que la notificación del señalamiento no pudiere haber sido practicado personalmente a los deudores, servirá de notificación a los mismos este edicto a su publicación.
Dado en Cazalla de la Sierra, 14 de febrero de 1996.- La Secretaria, E/.
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