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Yo, Francisco Cruces Márquez, Notario de Sevilla y de su Ilustre Colegio Notarial, con despacho en la Avenida República Argentina, 33, Acc.
Hago saber que ante mí se tramita Procedimiento Extrajudicial de Ejecución Hipotecaria, número de expediente 2/95; en el que figura como acreedor Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla, domiciliada en Sevilla, Plaza de Villasís, 2; y como deudores los cónyuges don Agustín Lozano Primitivo y doña María Rosa Ruiz Sánchez, con domicilio en Sevilla, Urbanización Alhami, casa número 111.
Y que procediendo la subasta ante Notario, de la finca que después se relaciona se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:
1. Lugar. Todas las subastas se celebrarán en la Notaría de don Francisco Cruces Márquez, en Sevilla, Avenida República Argentina, 33 Acc.
2. Día y hora. Se señala la primera subasta para el día 16 de mayo de 1996 a las doce horas; la segunda subasta en su caso, para el día 20 de junio de
1996, a las doce horas; y la tercera subasta, en el suyo, para el día 19 de julio de 1996, a las doce horas; y en caso de mejora de la postura de la tercera subasta, se señala para la licitación entre los mejorantes y mejores postores el día 26 de julio de 1996 a las doce horas.
3. Tipo. El tipo para la primera subasta está fijado en la cantidad de
19.875.000 pesetas; para la segunda subasta, en el setenta y cinco por ciento de dicha cantidad indicada; y la tercera subasta será sin sujeción a tipo.
4. Consignaciones. Salvo el acreedor, todos los demás postores, sin excepción para tomar parte en la primera o en la segunda subasta, deberán consignar en la Notaría una cantidad equivalente al 30% del tipo que corresponda; en la tercera subasta, el depósito consistirá en un 20% del tipo de la segunda subasta.
5. Documentación y advertencias. La documentación y la certificación del Registro a que se refieren los artículos 236-a y 236-b del Reglamento Hipotecario, pueden consultarle en la Notaría; se entenderá, que todo licitador acepta como bastante la titulación; las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta, continuarán subsistentes.
6. Adjudicación a calidad de ceder a tercero. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a tercero.
Finca objeto de subasta: Urbana. Número ciento once. Vivienda ciento once, del Conjunto arquitectónico compuesto de ciento cuarenta y cinco vivienda dúplex, que se está construyendo hoy construida, sobre una porción de terreno en el término municipal de Sevilla, al sitio Buena Esperanza y Hernán Cebolla o Campo Rico. Tiene una superficie construida entre las dos plantas de ciento tres metros treinta y cuatro decímetros cuadrados y útil de noventa metros cuadrados. La superficie total del terreno ocupada por esta finca es de ciento catorce metros cuadrados, de los que corresponden veinticuatro metros cuadrados al patio trasero, treinta y siete metros sesenta decímetros cuadrados al jardín; y los cincuenta y dos metros cuarenta decímetros cuadrados restantes, a lo ocupado por la edificación.
Inscrita dicha finca, en cuanto a la hipoteca, en el Registro de la Propiedad número 4 de Sevilla, al folio 131, del tomo 2.417 libro 165, finca número 8.225, inscripción quinta.
Sevilla, a trece de marzo de mil novecientos noventa y seis.
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