Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 30/04/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 16 de abril de 1996, de la Dirección General de Coordinación, Docencia e Investigación, por la que se convocan subvenciones a proyectos de investigación y becas de ampliación de estudios para la formación de personal investigador en Ciencias de la Salud, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 10 de marzo de 1994 (BOJA núm. 33, de 17 de marzo de 1994), por la que se regulan las subvenciones a proyectos de investigación y becas de ampliación de estudios para la formación de personal investigador en Ciencias de la Salud, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en uso de la delegación de competencias acordada en el artículo 2 de la Orden de 12 de enero de 1994, por la que se delegan competencias en materia de gestión económica y contratación administrativa,

RESUELVO

Primero. Convocar, con cargo a los créditos presupuestarios de esta Consejería de Salud del ejercicio económico de 1996, subvenciones a proyectos de investigación y becas de ampliación de estudios para la formación de personal investigador en Ciencias de la Salud, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 10 de marzo de 1994.

Segundo. Las cuantías máximas de subvención a conceder por la Comisión Científica Evaluadora serán las siguientes:

- Proyectos de investigación: 2.000.000 ptas.

- Becas de ampliación de estudios: 500.000 ptas.

Tercero. Los requisitos que han de acreditar los interesados para optar a la subvención y el plazo de presentación de solicitudes, así como el procedimiento para la concesión de las mismas, se determinan en la Orden de

10 de marzo de 1994, por la que se regulan las subvenciones que se convocan.

Cuarto. La justificación del gasto realizado se presentará en facturas originales, debiendo constar el nombre y código de Identificación Fiscal de la Entidad perceptora, así como el del emisor de la factura y fecha. La justificación del destino de la subvención por el beneficiario, se ajustará a lo estipulado en los artículos 7 y 16 de la Orden de 16 de marzo de 1994, para los proyectos de investigación y para las becas de ampliación de estudios, respectivamente.

Sevilla, 16 de abril de 1996.- La Directora General, Mercedes Loscertales Abril.

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