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Examinado el expediente incoado a instancia de don Baldomero Rodríguez Carrasco, en su calidad de representante del «Obispado de Huelva¯, entidad titular de los Centros docentes Privados de Preescolar, Educación Primaria/Educación General Básica y Bachillerato Unificado Polivalente «San Leandro¯, con domicilio en Avda. Santa Marta núm. 81 (Ctra. de la Soledad, s/n) de Huelva, en solicitud de cambio de denominación de los Centros por el de Colegio Diocesano «Sagrado Corazón de Jesús¯.
Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Huelva.
Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación del Sistema Educativo y Formación Profesional aparece que la titularidad de los Centros, con código 21001971, la ostenta el «Obispado de Huelva¯.
Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del
27 de noviembre); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE del 4 de octubre); el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20 de junio), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General; y demás disposiciones complementarias;
Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:
Autorizar el cambio de denominación actual de los Centros docentes Privados de Preescolar, Educación Primaria/Educación General Básica y Bachillerato Unificado Polivalente «San Leandro¯ por el de «Sagrado Corazón de Jesús¯, quedando autorizados como Centros Privados «Sagrado Corazón de Jesús¯, con código 21001971 y con autorización definitiva de 1 unidad de Preescolar (Párvulos) para 40 puestos escolares por Orden de 24 de octubre de 1990, 16 unidades de Educación Primaria/Educación General Básica para 640 puestos escolares por Orden de 24 de mayo de 1974 y 5 unidades de Bachillerato Unificado Polivalente para 200 puestos escolares por Orden de 20 de septiembre de 1978.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 20 de marzo de 1996
INMACULADA ROMACHO ROMERO
Consejera de Educación y Ciencia,
en funciones