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Con fecha 20 de noviembre del actual, se recibe expediente del Ayuntamiento de San Silvestre de Guzmán, parala enajenación, mediante pública subasta, de siete parcelas industriales de los bienes de propios, según acuerdo plenario del día 30 de septiembre de 1995.
En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el art. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, artículos 109, 112.1, 113, 114, 118 y
119 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 29/1986, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación.
La descripción exacta de los bienes es la que sigue:
Terrenos urbanos de uso industrial sitos en trasera de calle Ventilla, con una extensión superficial total de 840 m2 (120 m2 cada parcela) y que presenta los siguientes linderos: Al norte, con Egido municipal; al sur, con trasera de Plaza de España; al este, con trasera de c/ Ventilla; y al oeste, con Egido municipal.
Tienen una valoración pericial cada parcela de:
Parcela núm. 1: 480.000 ptas.
Parcela núm. 2: 480.000 ptas.
Parcela núm. 3: 408.000 ptas.
Parcela núm. 4: 408.000 ptas.
Parcela núm. 5: 432.000 ptas.
Parcela núm. 6: 444.000 ptas.
Parcela núm. 7: 444.000 ptas.
Signatura Registral: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Ayamonte, tomo 26, libro 2, folio 199, finca 90 (de la finca matriz).
En su virtud, he resuelto:
1º Prestar conformidad a la enajenación, mediante pública subasta, de siete parcelas industriales de los bienes de propios del Ayuntamiento de San Silvestre de Guzmán.
2º Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento de San Silvestre de Guzmán.
3º Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
4º Contra esta Resolución podrá interponerse el recurso ordinario del artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Consejera de Gobernación en el plazo de un mes desde la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
Huelva, 20 de diciembre de 1995.- El Delegado, José Antonio Muriel Romero.
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