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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 23 de octubre de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1262/1992, promovido por don Rafael Redondo Vicaria, sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Estima en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora doña María Luisa Alcalde Miranda, en la representación acreditada en turno de oficio, de don Rafael Redondo Vicaria, contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 8 de abril de 1992, que en alzada desestima el interpuesto contra la de fecha 20 de noviembre de
1991 que aceptando el Acta de Infracción núm. 1379/91, 2T, de 24 de septiembre impuso al actor la sanción de setecientas cincuenta mil pesetas de multa como autor de una falta calificada de muy grave en grado mínimo del orden social cuyos actos administrativos se confirman por conformes a derecho en cuanto estiman la existencia de la infracción calificada, y se anulan por no conformes a derecho en cuanto a la sanción impuesta que se deja reducida a la cuantía de quinientas mil una pesetas; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 21 de diciembre de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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