Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 28/05/1996

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Consejería de Agricultura y Pesca

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, sobre la resolución del expediente sancionador núm. 20/95.

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De conformidad con lo dispuesto en el art. 59º.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y una vez intentada, sin efecto, la notificación al interesado de la Resolución de la Dirección General de la Producción Agraria, de fecha 23 de Noviembre de 1995, se dispone su publicación transcribiéndose a continuación su texto íntegro:

«Resolución de 23 de noviembre de 1995.

Visto el procedimiento sancionador instruido en la Delegación Provincial de Huelva con el número 20/95, incoado a don Basilio Camacho Boa, domiciliado en la localidad de Bollullos del Condado (Huelva), por presunta infracción de la normativa de epizootías vigente.

A N T E C E D E N T E S

1º Que en virtud de Acta formulada por la Inspección Veterinaria Comarcal de La Palma del Condado (Huelva), se constatan los siguientes hechos: Que el expedientado es propietario de una explotación porcina, no estando inscrito en la relación municipal de propietarios de porcinos.

2º La Delegación Provincial de esta Consejería en Huelva, con fecha 30 de enero de 1995 adoptó Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador por los hechos constatados, con cuantos requisitos establece el artículo del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

3º La expedientada no formula escrito de alegaciones.

4º Al no efectuarse alegaciones, el acuerdo de iniciación es considerado propuesta de resolución, notificándole el instructor el correspondiente trámite de audiencia al que tampoco se formulan alegaciones.

Vista, la Ley de Epizootías de 20 de diciembre de 1952, el Reglamento que la desarrolla aprobado por Decreto de 4 de febrero de 1955, el Real Decreto

1665/1976, de 7 de mayo, que modifica parcialmente el Reglamento anterior, el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, regulador de las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria y demás disposiciones concordantes, complementarias y de general aplicación.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Primero. Esta Dirección General es competente para resolver el presente expediente sancionador en virtud del Decreto 220/1994, de 6 de septiembre, que establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca y demás normas de aplicación.

Segundo. El expediente ha sido tramitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Tercero. Del examen de los hechos, alegaciones, en su caso, documentos y demás pruebas del expediente, resulta la valoración jurídica siguiente: Los hechos imputados, ciertos y probados, que no han sido desvirtuados por la expedientada, constituyen una infracción tipificada en el artículo 1.c).6 del Real Decreto 425/1985, de 20 de marzo, que establece el Programa Coordinado para la erradicación de la Peste Porcina africana, correspondiéndole una multa de 2.750 pesetas, a tenor de lo establecido en el artículo 224 del Reglamento de Epizootías, actualizado en su cuantía por el Real Decreto 1665/1976, de 7 de marzo.

Cuarto. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 89.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, contra la presente resolución y de acuerdo con lo establecido en los artículos 107.1 y 114 de la misma Ley, podrá interponer recurso ordinario ante el Consejero de Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, contando desde el día de su notificación.

Por cuanto antecede, esta Dirección General de la Producción Agraria, Resuelve Sancionar a don Basilio Camacho Boa, con multa de dos mil setecientas cincuenta pesetas (2.750 ptas.), por incumplimiento de la legislación vigente en materia de epizootías.

Notifíquese la presente Resolución al interesado en legal forma. El Director General. Fdo.: Luis Gázquez Soria¯.

Huelva, 9 de abril de 1996.- El Delegado, Domingo Avila Fernández.

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