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Ante las devoluciones efectuadas por la Oficina Postal, de las notificaciones de los actos consistentes en Providencia de Incoación y Pliego de Cargos producido en el expediente sancionador incoado por esta Delegación por presunta infracción a la normativa sobre el Juego y Apuestas de esta Comunidad Autónoma.
Esta Delegación de Gobernación ha resuelto de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 58 y 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su publicación en el BOJA, a los efectos de notificación.
Vista la denuncia formulada por la Inspección de Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, según Acta de fecha 7 de julio de 1995, en el establecimiento denominado Cafetería «Terraza¯, sito en c/ Gutemberg, de Málaga y, examinada la documentación e información reservada, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II, Título V, del Decreto 181/1987, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía; y apreciándose supuestas infracciones a la normativa reseñada:
Esta Delegación de Gobernación acuerda la incoación del expediente sancionador número MA-230/95/M, a Rosamátic, S.L., con NIF: B-29249810 y ECA000060, en virtud de lo establecido en el art. 54 del Reglamento antes citado, y de conformidad con lo preceptuado en el Título VIII de la Ley
2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la CAA, por remisión expresa contenida en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Igualmente se acuerda la designación de don Enrique Ramos Bernabé, Inspector de Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como Instructor para tramitar el expediente. Málaga, 11 de julio de 1995. El Delegado de Gobernación. Fdo. Luciano Alonso Alonso.
Incoado con fecha 11 de julio de 1995, mediante Providencia del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía en Málaga, expediente sancionador MA-230/95/M, a la entidad Rosamátic, S.L., por supuestas infracciones al Decreto 181/87, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y practicadas las informaciones oportunas y procedentes, al amparo del procedimiento sancionador establecido en el Título VIII de la Ley
2/86, de 19 de abril, Ley del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y Capítulo II del citado Reglamento, se formula el siguiente:
PLIEGO DE CARGOS
Encontrarse el día 7 de julio de 1995, en el establecimiento denominado Cafetería Terraza, sito en c/ Gutemberg, de Málaga, la máquina tipo «A¯, modelo Súper Vídeo Idsa I, serie 1-634, guía 829803-N, matrícula MA008737, careciendo del preceptivo boletín de instalación autorizado para dicho establecimiento donde se encontraba instalada.
Lo que supone infracción a lo dispuesto en el art. 38 en relación con el art. 40 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la CCA, aprobado por Decreto 181/87, de 29 de julio, tipificándose como falta grave por el art. 29.1 de la Ley 2/86, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de esta Comunidad Autónoma, y art. 46.1 del antes citado Reglamento, pudiendo ser sancionada por el art. 48.1 en relación con el art. 31.1 de la Ley 2/86, de
19 de abril, del Juego y Apuestas de la CAA, con multa que oscila desde las cien mil una ptas. (100.001 ptas.) a cinco millones de pesetas (5.000.000 ptas.).
La autoridad competente para imponer la sanción es el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 55.2 de RMRA, el sujeto a expediente, podrá formular los descargos que a su derecho convengan, con la proposición y aportación de las pruebas que estime oportunas en su defensa, en el plazo de diez días hábiles, a contar a partir del siguiente al de aquél en que se practique la notificación del presente Pliego de Cargos. Málaga, 11 de julio de 1995.- El Instructor del Expediente, Enrique Ramos Bernabé.
El Delegado, Luciano Alonso Alonso.
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