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El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 13 punto 26, atribuye a la Comunidad Autónoma competencias exclusivas en materia de Promoción y Fomento de la Cultura en todas sus manifestaciones y expresiones.
Una vez hecho efectivo el traspaso de estas competencias por el Real Decreto
864/84 de 29 de febrero, se asignaron a la Consejería de Cultura según Decreto 180/84 de 19 de junio las funciones y servicios del Estado referentes al «fomento de toda clase de actividades que promuevan la cinematografía y la creatividad artística en este campo de la cultura¯.
Por Decreto 295/1987 de 9 de diciembre se creó la Filmoteca de Andalucía como Servicio Administrativo sin personalidad jurídica propia, bajo dependencia orgánica de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural de la Consejería de Cultura, y de acuerdo con su artículo 3 son funciones de la misma la realización de investigaciones en las materias que le sean propias.
Para fomentar la labor en este campo, la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, a través de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural y de la Filmoteca de Andalucía, convoca Ayudas a Proyectos de Investigación Audiovisual para 1996.
Se desea potenciar en esta convocatoria las labores de documentación y profundización en la historia y actualidad del cine en nuestra Comunidad Autónoma: Vaciados de publicaciones periódicas y/o especializadas en materias audiovisuales, inventario de aparatos cinematográficos en activo y/o desaparecidos, catalogación de fondos audiovisuales, elaboración de directorios y filmografías, así como la formación en tratamiento y conservación especializados en soportes cinematográficos.
En consecuencia, con arreglo a criterios de publicidad, libre concurrencia y objetividad, al amparo de la Ley 9/1993, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1994 (BOJA 141/93 de 31 de diciembre) con especial referencia a sus artículos 21 y 22, y del Decreto
289/95, de 12 de diciembre de prórroga de los presupuestos, a propuesta de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, vistos los perceptivos informes; de conformidad con el artículo 39, de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Comunidad Autónoma y con el artículo de la Ley
5/1983, de 19 de julio de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, y en uso de las facultades que me están conferidas,
DISPONGO
Primero. Convocatoria.
Se convocan Ayudas a Proyectos de Investigación Audiovisual, correspondientes al año 1996.
Segundo. Asignación presupuestaria.
El importe de la totalidad de estas Ayudas será de cinco millones de pesetas (5.000.000 ptas.), que se imputarán a la aplicación presupuestaria
01.19.00.01.18.484.08.35B, del presente ejercicio económico.
Tercero. Delegación de competencias.
Se delega en la Directora General de Fomento y Promoción Cultural las competencias de resolución, asignadas en las presentes disposiciones, en virtud de la Orden de 14 de marzo de 1995 (BOJA núm. 56 del 7 de abril), por la que se delegan competencias en materia de gestión económica y contratación administrativa en diversas autoridades de la Consejería. La tramitación y gestión económica de las ayudas quedan delegadas en la Filmoteca de Andalucía.
Cuarto. Objeto.
De conformidad con las actuaciones sobre el patrimonio audiovisual andaluz, en concreto el cinematográfico, y para fomentar la investigación sobre éste, en especial durante los años 1995 y 1996 en los que se conmemora el centenario de la llegada del cinematógrafo a Andalucía, serán objeto de esta convocatoria los trabajos realizados en las siguientes áreas:
4.1. Vaciado exhaustivo de noticias sobre pre-cine (1871/1896) y cine (1896 en adelante) en publicaciones periódicas, especializadas, prensa local o nacional, en especial los referidos a algunas de las provincias andaluzas. Se concretará el trabajo por algún aspecto delimitador: Período, publicación, ámbito territorial, archivo o hemeroteca.
4.2. Catalogación e inventario de fondos relacionados con el cine (serán de especial interés los que se concreten en los documentos en soporte cinematográfico) en archivos, bibliotecas, museos, etc., de carácter privado o público con sede en Andalucía.
4.3. Localización y catalogación de fondos en soporte cinematográfico en archivos especializados, relativos a la Comunidad Autónoma Andaluza, bien por la vinculación de sus autores o participantes (filmografías especializadas), bien por la localización de las imágenes (rodadas dentro del territorio andaluz), o por su temática.
4.4. Localización, inventario y catalogación de aparatos de pre-cine o cine.
4.5. Se atenderán períodos de formación en tratamiento de materiales cinematográficos en archivos especializados. Esta última modalidad necesitará de una consulta y asesoría previa por la Filmoteca de Andalucía.
Quinto. Condiciones de los solicitantes.
Podrán optar a esta convocatoria cuantos investigadores lo deseen, sin distinción de nacionalidad, individualmente o en equipo, siempre que los proyectos que presenten no hayan sido premiados ni subvencionados con anterioridad y sean inéditos.
En el caso de presentarse en equipo, a los efectos de responsabilidad y entrega de las ayudas se considerará al primer firmante, como representante de los miembros del mismo.
No se podrán presentar a esta convocatoria aquellas personas que actualmente desarrollan el proceso de ejecución de algún proyecto premiado o subvencionado en convocatorias anteriores.
La concesión de las presentes ayudas se hará en régimen de concurrencia competitiva, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.
Sexto. Cuantía de las ayudas.
Se establece una limitación máxima de 1.000.000 para los proyectos que no impliquen desplazamientos y de un 1.500.000 para los que estos desplazamientos sean necesarios.
Séptimo. Presentación de solicitudes.
7.1. Los solicitantes deberán presentar instancia, según modelo Anexo 1 a la presente Orden, dirigida a la Directora General de Fomento y Promoción Cultural de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía en la Filmoteca de Andalucía, c/ Medina y Corella núm. 5 (Córdoba), en las Delegaciones Provinciales de la Consejería o mediante por cualquiera de los cauces previstos en el artículo 38 de la Ley 30/92 de 26/11 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
7.2. El plazo de presentación de solicitudes será de cuarenta y cinco días naturales a partir de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
7.3. Junto a la instancia deberá presentarse la siguiente documentación, bien en original, bien en fotocopia debidamente compulsada:
a) Memoria/Proyecto de realización que deberá incluir al menos: Antecedentes, Objetivos, Metodología, Fases de Ejecución (con calendario y plazo de entrega) y un Presupuesto de gastos pormenorizado.
b) Curriculum vitae.
c) Historial de los trabajos y actividades realizadas dentro del tema, efectuados por el solicitante y otros investigadores (caso de equipo).
d) Fotocopia del D.N.I., pasaporte o cualquier otro documento oficial que acredite válidamente la identidad de los solicitantes.
e) Autorización de los Archivos, Bibliotecas, Hemerotecas, Filmotecas, Colecciones, Bancos de Datos, Instituciones, etc., en los que propone realizar su investigación, cuando dicha autorización sea necesaria para acceder a los mismos.
f) Declaración de otros premios y ayudas recibidas, de esta u otra Administración, Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, y referidos tanto a años anteriores como al corriente para la misma finalidad.
g) Declaración expresa responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con el artículo 21 de la Ley de Presupuestos de Andalucía para
1994, Ley 9/1993, de 30 de diciembre sobre justificación del cumplimiento de obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social de los beneficiarios de subvenciones concedidas por la Junta de Andalucía; sin perjuicio de su correspondiente acreditación previa al pago de las ayudas.
7.4. Todos los documentos confeccionados por los solicitantes se presentarán en original, fechados y firmados.
7.5. La Dirección General de Fomento y Promoción Cultural podrá requerir a los solicitantes para que proporcionen cualquier información aclaratoria que resulte necesaria antes de conceder las ayudas.
7.6. Los interesados, por el solo hecho de solicitar estas ayudas, se comprometen a aceptar el contenido de esta convocatoria.
Octavo. Selección y concesión.
8.1. El estudio y selección de las solicitudes presentadas lo llevará a cabo una Comisión compuesta por:
Presidenta: La Directora de la Filmoteca de Andalucía.
Vocales:
- La Jefa del Departamento de Documentación de la Filmoteca de Andalucía.
- El Jefe del Departamento Técnico de la Filmoteca de Andalucía.
- Dos personas relacionadas con la investigación y el cine, nombradas por la Directora General de Fomento y Promoción Cultural.
Secretario: El Gerente de la Filmoteca de Andalucía, con voz pero sin voto.
8.2. Para la concesión de las ayudas y determinación de su cuantía se tendrán en cuenta los elementos que concurran en la documentación presentada así como el interés de los mismos, dentro de los límites establecidos en el punto sexto de esta convocatoria.
8.3. El fallo de la Comisión se realizará en el plazo máximo de cuarenta y cinco días naturales desde el último día de presentación de solicitudes. Se valorarán el interés y el nivel científico de los proyectos, así como los méritos alegados por los solicitantes.
8.4. A los candidatos seleccionados, se les comunicará la decisión de la Comisión, debiendo enviar en el plazo de 15 días naturales, desde dicha notificación, su aceptación en el caso de ser beneficiarios de las ayudas.
En caso de no comunicar dicha aceptación, se considerará que renuncian a ser beneficiarios de las ayudas.
8.5. Junto a la aceptación deberán aportar, asimismo, en el plazo de quince días, la acreditación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
8.6. La resolución motivada de la Directora General de Fomento y Promoción Cultural se producirá en el plazo de cuarenta y cinco días naturales, como máximo desde
la fecha del fallo de la Comisión y se notificará a los interesados. La resolución de la Directora General de Fomento y Promoción Cultural pondrá fin a la vía administrativa.
8.7. El beneficiario deberá remitir en el plazo de diez días naturales desde la notificación de la concesión, autorización firmada para la posible edición total o parcial en exclusiva, en un plazo de tres años, de los trabajos en los que figurará la autoría del solicitante y su equipo, con expresa renuncia a cualquier tipo de indemnización o reclamación en los términos exigidos por el Real Decreto Legislativo 1/96 de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, según modelo que se adjunta como Anexo 2 a la presente convocatoria.
8.8. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de estas ayudas podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión conforme a lo establecido en el artículo 21.9 de la vigente Ley
9/1993, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 1994, prorrogada por el Decreto 289/95 de 12 de diciembre.
8.9. Las ayudas concedidas se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en los tablones de anuncios de esta Consejería y de sus Delegaciones Provinciales.
Noveno. Pago de las ayudas.
El pago de las ayudas se realizará de una sola vez, tras la oportuna comprobación del cumplimiento de todos los requisitos que condicionan la existencia del derecho del beneficiario expresados en la presente convocatoria.
Décimo. Obligaciones de los beneficiarios.
10.1. Los beneficiarios de las ayudas quedarán obligados a cumplir todas las condiciones que resulten de los distintos apartados de la presente convocatoria, así como, en general, de todas las obligaciones establecidas en el artículo 27.1 de la Ley 9/93 de Presupuestos de la Comunidad Autónoma.
10.2. Asimismo deberán entregar la totalidad del trabajo, mecanografiado o informatizado (en este caso se acompañará además copia en formato disquette), así como los materiales adjuntos al mismo, en el plazo previsto en la Memoria-Proyecto del solicitante en la Filmoteca de Andalucía. Estos materiales serán de consulta pública en la Filmoteca de Andalucía. En caso de incumplimiento de estas bases, se exigirá la devolución de la ayuda, en parte o en su totalidad, así como de las cantidades correspondientes al interés de demora desde el momento del pago de la misma.
10.3. No podrán concurrir a la presente convocatoria los beneficiarios de anteriores subvenciones o ayudas con cargo a los créditos de la Consejería de Cultura que no hayan justificado las mismas, de conformidad con lo establecido en las correspondientes normas reguladoras.
10.4. Transcurrido el plazo de tres años en que la Consejería de Cultura se reserva el derecho de editar los trabajos total o parcialmente, si lo estima oportuno, el autor podrá gestionar su publicación en la forma que considere conveniente, debiendo figurar en dicha edición lo siguiente: «Ayuda de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía a Proyectos de Investigación Audiovisual 1996¯.
10.5. Los beneficiarios deberán desarrollar su investigación con el asesoramiento de la Filmoteca de Andalucía, quién ejercerá la dirección en cuanto a formato
unificado de las fichas, líneas documentales de especial interés, así como cuantas indicaciones permitan una mayor utilidad pública posterior de las mismas, y el deseable nivel de calidad.
Sevilla, 17 de mayo de 1996
CARMEN CALVO POYATO
Consejera de Cultura
ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD
Don/Doña ....................................... nacido en ............. provincia de ................. con domicilio en ............. Teléfono ............. de .... años de edad, DNI núm. ................... NIF núm. .............. o Documento Oficial de Identificación ..................... Banco o Caja de Ahorros ................ Localidad ................... Provincia ................ Domicilio Agencia .................. núm. c/c o libreta de Ahorros .....................
EXPONE Que en base a lo dispuesto en la Orden de ......... de ..............de 1996 (BOJA núm. de ...... de .......... 1996), por la que se convocan Ayudas a Proyectos de Investigación Audiovisual.
SOLICITA Le sea concedida la cantidad de ................ ptas. por la labor de:
1.1. Vaciado exhaustivo de noticias sobre pre-cine y cine.
1.2. Catalogación e inventario de fondos relacionados con el cine.
1.3. Localización y catalogación de fondos en soporte cinematográfico en archivos especializados.
1.4. Localización, inventario y catalogación de aparatos de pre-cine o cine.
1.5. Período de formación en tratamiento de materiales cinematográficos en archivos especializados.
Objeto del trabajo:
Centro o institución donde se desarrollaría en su caso: Duración aproximada de la investigación:
De acuerdo con los apartados que regulan la presente convocatoria, se acompaña a esta instancia la siguiente documentación:
(Señale toda la documentación que aporta. Los documentos a confeccionar por los solicitantes deben ser presentados en original y firmados).
- Memoria explicativa - proyecto de investigación.
- Calendario de trabajo y plazo de entrega.
- Presupuesto.
- Historial de los trabajos y materiales realizados dentro del tema.
- Documentación acreditativo del permiso de investigación, si procede.
- Declaración de otras ayudas.
- Curriculum vitae.
- Datos de identificación.
- Declaración expresa responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social. .......................a ..... de .......... de 1996
Fdo.: El/La Solicitante.
ILMA. SRA. DIRECTORA GENERAL DE FOMENTO Y PROMOCION CULTURAL DE LA CONSEJERIA DE CULTURA DE LA JUNTA DE ANDALUCIA. SEVILLA
ANEXO II
Don/Doña DNI con domicilio
en calle núm.
C.P. ...................
Por la presente, el que suscribe, con carácter expreso:
AUTORIZA
A la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía para que por parte de esta última pueda procederse, en el plazo de tres años desde la presente fecha, y para un ámbito territorial mundial, a la edición, publicación, reproducción o comunicación del trabajo que el firmante se compromete a realizar bajo la denominación
y en los términos y condiciones impuestas por la Orden de .... de ........... de 1996, por la que se convocan Ayudas a Proyectos de Investigación Audiovisual (BOJA núm. .... de ........), para lo cual el que suscribe CEDE a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, los correspondientes derechos.
El abajo firmante renuncia expresamente a cualquier tipo de derecho económico, reclamación, indemnización o compensación que pudiera corresponderle a ese respecto como autor de la obra en los términos previstos por el Real Decreto Legislativo 1/96 de 12 de abril de Propiedad Intelectual.
En ............ a ...... de ........... de 1996
Fdo.: ILMA. SRA. DIRECTORA GENERAL DE FOMENTO Y PROMOCION CULTURAL.
CONSEJERIA DE CULTURA DE LA JUNTA DE ANDALUCIA.
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