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Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, se ha interpuesto por don Manuel Ortega Estévez, recurso contencioso-administrativo núm. 390/96-S.3ª, contra la Orden del Consejero de Medio Ambiente de 23 de febrero de 1996, por la que se declaraba la improcedencia de la Reclamación de Responsabilidad Patrimonial formulada contra la Consejería de Medio Ambiente por los daños causados en vehículo de su propiedad como consecuencia de accidente acaecido mientras circulaba por Vía Pecuaria. En consecuencia, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo núm.: 390/96-S.3ª
Segundo. Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar a aquellas personas, terceros interesados a cuyo favor hubieren derivado o derivaren derechos por la disposición impugnada para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala, en el plazo de nueve días siguientes a la publicación de la presente.
Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 29 de mayo de 1996
JOSE LUIS BLANCO ROMERO
Consejero de Medio Ambiente
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