Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 11/07/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Dirección General de Política Interior, por el que se notifica Resolución de expediente sancionador, seguido por infracción a la normativa sobre juegos de suerte, envite o azar.

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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta de que intentada la notificación no se ha podido practicar, se publica la siguiente Resolución:

Examinado el expediente sancionador núm. SC-107/95-M seguido a RECSE, S.L., (EJA001425), y:

Resultando. Que con fecha 31-1-96 el Instructor del expediente formuló Propuesta de Resolución, la cual se ajusta en sus términos a lo previsto en el artículo 38.2 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía (LJACAA), y 55.4 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 181/1987, de 29 de julio.

Resultando. Que en la tramitación del expediente se han observado todas las prescripciones legales, en especial el procedimiento sancionador establecido en el Título VIII de la mencionada Ley 2/1986, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el Título V, Capítulo II del citado Reglamento.

Considerando. Que el art. 39 de la citada Ley 2/1986, LJACAA, y en el art.

56.1 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la CAA, se establece que la conformidad del órgano competente para resolver elevará a Resolución la propuesta formulada en los términos legales.

Considerando. Que el art. 51.b) del RMRA, en relación con el art. 322/1988, de 22 de noviembre, por el que se modifica parcialmente la estructura básica de la Consejería de Gobernación, atribuye al Ilmo. Sr. Director General de Política Interior la competencia para resolver el presente expediente.

Vistas: Las Disposiciones citadas, la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás normas de general aplicación.

ESTA DIRECCION GENERAL RESUELVE

Primero. Elevar a Resolución la propuesta formulada por la Instrucción en el presente expediente, imponiendo al interesado la/s sanción/es que se señala/n a continuación:

Interesado: RECSE, S.L. (CIF. B-41252925). Domicilio: C/ Zeus, 30.

Localidad: Dos Hermanas.

Provincia: Sevilla.

Imponiendo la/s sanción/es siguiente/s: Multa de cinco millones una ptas. (5.000.001), así como la inutilización de las máquinas objeto del expediente.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, con los requisitos señalados en el art. 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de febrero de 1996.- El Director General de Política Interior. Fdo.: Fabriciano Torrecillas García.

Examinado el expediente sancionador núm. SC-107/95-M, seguido a RECSE, S.L. y domiciliada en c/ Zeus, 30 de Dos Hermanas (Sevilla), resulta lo siguiente:

ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 29-9-95, constituida la Inspección del Juego de la Junta de Andalucía, en el establecimiento, denominado Bar Aguasanta, sito en C/ Pamplona, 69 de Sevilla, se formalizó Acta de Pliego de Cargos al amparo del procedimiento sancionador establecido en el Título VIII de la Ley 2/1986, de

19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el Capítulo II del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar (en adelante RMRA) aprobado mediante Decreto 181/1987, de 29 de Julio, iniciándose el correspondiente expediente sancionador a la Empresa Operadora RECSE, S.L., por supuestas infracciones a la normativa vigente sobre máquinas recreativas y de azar, quedando la máquina precintada a disposición de la Junta de Andalucía.

Segundo. En el Pliego de Cargos correspondiente se imputa al sujeto, el cargo de instalar en el citado local, las máquinas recreativas tipo B, modelo Cirsa Bingo-7, serie D-2703 y la tipo B, modelo Mini Rochi, con número de serie borrado, careciendo de la primera de matrÙcula y boletín de instalación; y la segunda de marcas de fábrica, placa de identidad, matrícula y boletín de instalación.

Tercero. Devuelto por el Servicio de Correos el Acta Pliego de Cargos, se publicó por anuncio en el BOJA del día 11-1-96 y se envió para su publicación por Edicto al Ayuntamiento de Dos Hermanas el 18-12-95. En ningún momento, el interesado ha presentado alegaciones.

II. HECHOS PROBADOS

A la vista del expediente y de la documentación obrante en él, resultan probados los siguientes hechos:

1. El día 29-9-95, se encontraba/n instalada/s y en funcionamiento, en el Bar Aguasanta, la/s máquina/s recreativas de tipo B, CIRSA Bingo-7, serie D-2703, Y Mini Rochi, sin número de serie, que carecían la primera de matrícula de boletín de instalación y la segunda de marcas de fábrica, placa de identidad, matrícula y boletín de instalación.

2. La/s máquina/s descrita/s en el apartado anterior se reputa/n propiedad de RECSE, S.L., con CIF. EJA001425.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Los hechos reseñados y probados constituyen infracción a los artículos 21, 25, 35 y 38 del RMRA, tipificada como falta muy grave en el art. 45.1 del citado Reglamento, pudiendo ser sancionada con multa de hasta cincuenta millones de pesetas (50.000.000 ptas.), de acuerdo con lo dispuesto en el art. 48 del RMRA, el responsable de la misma RECSE, S.L. con número de registro EJA001425, por ser titular de las máquinas denunciadas, según lo dispuesto en el precitado RMRA.

Cuarto. Asumidas por la Comunidad Autónoma de Andalucía, a través del Estatuto, competencias exclusivas en materia de Casinos, Juegos y Apuestas (art. 13.33 de la Ley Orgánica 6/81 de 30 de diciembre) y asignadas a la Consejería de Gobernación las funciones y servicios transferidos por la Administración del Estado (Decreto 269/1984, de 16 de octubre), corresponde al Director General de Política Interior la resolución del presente expediente en virtud de lo establecido en el art. 51.1.b del RMRACAA y en el art. 2 del Decreto 322/1988, de 22 de noviembre, en el que se modifica parcialmente la estructura básica de la Consejería de Gobernación.

Por todo lo cual, en cumplimiento del art. 55 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Instructor del presente expediente formula la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCION

Que por el Ilmo. Sr. Director General de Política Interior se sancione a RECSE, S.L. con núm. de registro EJA001425 Y CIF núm. B-41252925, con multa cinco millones una pesetas (5.000.001 ptas.), como responsable de la infracción muy grave observada y que se ha descrito con anterioridad y que se proceda al decomiso para su inutilización de las máquinas CIRSA Bingo-7, serie D-2703 y Mini Rochi, sin número de serie.

Sevilla, 31 de enero de 1996.- El Instructor. Fdo.: Francisco Vega García.

Sevilla, 10 de mayo de 1996.- El Director General, Fabriciano Torrecillas García.

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