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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de Transporte Colectivo Urbano que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
CORPORACION JEREZANA DE TRANSPORTES URBANOS, S.A. COJETUSA. JEREZ DE LA FRONTERA (CADIZ)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Billete ordinario 100 ptas. Bono-Bus 10 viajes 700 ptas. Bono-Bus 10 viajes pensionista 200 ptas. Bono-Bus 20 viajes 1.300 ptas. Tarjeta escolar 0 ptas. Tarjeta mensual 3.700 ptas. Tarjeta estudiantes 2.450 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 8 de julio de 1996
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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