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Por el Ayuntamiento de Illar (Almería) se remite expediente de permuta de un inmueble de propiedad municipal por un solar de propiedad particular.
En el expediente tramitado al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del R.D.L. 781/1986, de
18 de abril; arts. 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de 13 de junio de 1986; Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley 6/1983 y demás preceptos de general aplicación.
Estando atribuida al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía la competencia para prestar conformidad a los expedientes de permuta de bienes inmuebles patrimoniales propiedad de las Corporaciones Locales, cuando el valor de los mismos sea inferior al 25% de los recursos ordinarios del presupuesto, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 3.9 del Decreto 29/1986, de 19 de febrero.
HE RESUELTO
1. Prestar conformidad a la permuta de una vivienda de propiedad municipal por un solar, propiedad de don Mariano González Fuentes, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento el 20 de diciembre de 1995, siendo la descripción de los mismos la siguiente:
A) Vivienda de propiedad municipal, en planta baja, con una superficie construida de 151 m, sita en calle Sta. Ana número 1 del casco urbano de Illar, que linda: Frente, calle de Santa Ana; derecha entrando Doña Ascensión Fuentes Cano, camino peatonal; izquierda, patio común y fondo, calle de nueva apertura, siendo su acceso a través de un patio común. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Canjáyar, en el Tomo 1.165, Libro
62, Folio 61, Finca 5.557, Inscripción 1ª. Su valor, según dictamen técnico, asciende a 1.208.000 pesetas.
B) Solar de propiedad particular, con una superficie construida de 256 m, situada en calle Presbítero número 1 del casco urbano de Illar, que linda: Norte, Julia Mullor Iguña; Sur, la carretera Gádor-Laujar; Este, Calle Presbítero; Oeste, Calle del Carmen. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Canjáyar en el Tomo 1.135, Libro 61, Folio 206, Finca 5.641, Inscripción
1ª. Su valor, según dictamen técnico, asciende a 1.208.320 pesetas.
2. Notificar la siguiente Resolución al Ayuntamiento de Illar (Almería) y remitir copia de la misma al BOJA para su publicación.
3. Contra esta Resolución podrá interponerse Recurso Ordinario, regulado en el art. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Excma. Consejera de Gobernación en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la misma en el BOJA, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
Almería, 8 de julio de 1996.- El Delegado, Juan Callejón Baena.
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