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De conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior de Andalucía, el Decreto 66/1994, de 22 de marzo, por el que se regulan los horarios para la apertura y cierre de los establecimientos comerciales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en la Orden de 12 de abril de 1994, por la que se regula el procedimiento para determinar las zonas que tengan la condición de gran afluencia turística, se hace público que, por Resolución del Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de fecha 27 de mayo de 1996, se declara el municipio de Mijas (Málaga) zona de gran afluencia turística durante el período comprendido entre los días 2 de julio y 30 de septiembre de 1996, ambos inclusive, a los efectos de horarios para la apertura y cierre de los establecimientos comerciales previstos en la normativa vigente, teniendo libertad horaria durante este período los establecimientos ubicados en su término municipal.
Sevilla, 21 de junio de 1996.- La Directora General, Rosa Mar Prieto-Castro García-Alix.
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