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En cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Final Primera de la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 12 de julio de 1996, sobre reconocimiento de Grupos de Desarrollo Rural y de lo previsto en el artículo
22.1 del Decreto 226/1995, de 26 de septiembre por el que se aprueban medidas de ejecución del Plan de Desarrollo Rural de Andalucía, esta Dirección General acuerda:
Primero.
Efectuar la convocatoria para el reconocimiento de Grupos de Desarrollo Rural que se regirá por lo dispuesto en el Capítulo V (artículo 19 a 23) del Decreto 226/1995, de 26 de septiembre y Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 12 de julio de 1996.
Segundo.
1. Las Entidades que estén interesadas en su reconocimiento como Grupos de Desarrollo Rural, deberán presentar su solicitud en tal sentido, dirigida al Director General de Desarrollo Rural y Actuaciones Estructurales, en el plazo de cuatro meses a contar desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. La solicitud se presentará preferentemente en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca, pudiéndose, no obstante, presentarse en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. La solicitud, además de lo especificado en el Anexo a la presente Resolución, deberá acompañarse de una memoria donde, junto a un diagnóstico socioeconómico de la zona de actuación y las previsiones y estrategias correspondientes, incluirá la Propuesta de Actuación. En dicha Propuesta se contemplarán los planes y proyectos, tanto de ejecución pública como privada, dentro del conjunto de líneas de actuación y acciones que se incluyen en el Anexo a la Orden de 12 de julio de 1996. Las propuestas de actuación privada deberán precisar los compromisos de inversión correspondientes.
Sevilla, 12 de julio de 1996.- El Director General, Cristóbal Huertas Hueso.
A N E X O I
SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO COMO GRUPO DE DESARROLLO RURAL
A. Datos referentes al grupo.
- Denominación y domicilio social.
- Forma jurídica.
- Fecha de constitución.
- Copia compulsada de los Estatutos.
- Copia compulsada del Acta de la Asamblea Constituyente, con expresión de los asociados y de los componentes del Organo Directivo de la Asociación.
- Experiencia en la implantación de otros programas de desarrollo.
- Grado de dinamización de la población e implantación del grupo en la comarca.
B. Ambito territorial.
- Denominación y localización.
- Municipios que la integran.
- Condiciones de homogeneidad territorial.
C. Memoria de las previsiones y estrategias. Propuestas de actuación.
- Diagnóstico territorial y socioeconómico de la zona: Principales factores limitadores y carencias en la zona. Sectores potenciales.
- Estrategias de desarrollo que se aplicarán en la zona.
- Actuaciones públicas: Inventario de infraestructuras, equipamientos y servicios colectivos en la zona de actuación: Deficiencias y carencias.
- Tipología de las actuaciones privadas en la zona: Ejemplos de acciones innovadoras.
- Criterios de selección de proyectos auxiliables y beneficiarios finales potenciales.
- Puntos de gestión.
- Cuantificación de las inversiones privadas en la zona. Compromiso de participación privada en cada una.
- Compromiso de integración de otros interlocutores de la comarca interesados en el desarrollo de la zona dentro del Grupo.
- Valoración ambiental de los proyectos presentados.
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