Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 27/07/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 1 de julio de 1996, de la Delegación de Gobernación de Almería, por la que se presta conformidad a la permuta de un solar propiedad del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería) por un solar de propiedad particular.

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Por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería) se remite expediente de permuta de inmueble de propiedad municipal por otro inmueble de propiedad particular.

En el expediente tramitado al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del R.D.L. 781/1986, de

18 de abril; arts. 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de 13 de junio de 1986; Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley 6/1983 y demás preceptos de general aplicación.

Estando atribuida al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía la competencia para prestar conformidad a los expedientes de permuta de bienes inmuebles patrimoniales, propiedad de las Corporaciones Locales, cuando el valor de los mismos sea inferior al 25% de los recursos ordinarios del presupuesto, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 3.9 del Decreto 29/1986, de 19 de febrero

HE RESUELTO

1. Prestar conformidad a la permuta de un inmueble de propiedad municipal por otro, propiedad de doña Encarnación Martínez Tortosa, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento el 1 de febrero de 1996, siendo la descripción de los mismos la siguiente:

A) Solar de propiedad municipal, con una superficie de 120 m, sito en la barriada de El Puerto de Roquetas de Mar, que linda: Al norte y Oeste, fachada de 8 metros a la Avda. de El Puerto; al Este medianería de 15 metros con solar municipal de origen; y al Sur, medianería de 8 metros y 15 m a paso de servidumbre. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Roquetas de Mar al Folio 126 del Tomo 1.774, Libro 313, Finca 27.153, Inscripción 1ª Su valor, según dictamen técnico, asciende a 4.554.000 pesetas.

B) Solar de propiedad particular, con una superficie de 120 m sito en el núcleo de Roquetas de Mar, que linda: Al norte, con parcela de ref. catastral 4489508, propiedad municipal; al Sur, con la calle Palma; al Este, con la calle Cid; y al oeste con inmueble ref. catastral 4489510, propiedad de doña Rosalía Villegas Cuenca, con el de ref. 4489511, propiedad de don Bienvenido Sánchez Rodríguez y con bloque de pisos. Dicho solar es resultado de demoler y agrupar dos casas de planta baja, sitas en calle Las Palmas núm. 9 y calle del Cid núm., inscritas en el Registro de la Propiedad de Roquetas de Mar en el Libro 30, Folio 25 y siguientes, Fincas números 2.160 y 2.161. Su valor, según dictamen técnico, asciende a 4.654.000 pesetas.

2. Notificar la siguiente Resolución al Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería) y remitir copia de la misma al BOJA para su publicación.

3. Contra esta Resolución podrá interponerse Recurso Ordinario, regulado en el art. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Excma. Consejera de Gobernación en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la misma en el BOJA, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Almería, 1 de julio de 1996.- El Delegado, Juan Callejón Baena.

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