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Intentada sin éxito la notificación directa de la Resolución de referencia a don Antonio Lagares Camacho, con domicilio en calle Teniente Guitar, 1, La Palma del Condado (Huelva), procede efectuar la notificación prevista en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común para lo cual se reproduce a continuación el texto íntegro a notificar:
«Junta Provincial de Hacienda.
Reclamación: 14/93.
Presidente: Don Juan M. Luengo Pato.
Vocales: Don Miguel A. García Bermúdez, don Juan A. Garrido Feria. Secretario: Don César Girón López.
En la ciudad de Huelva a 21 de julio de 1994, reunida la Junta Provincial de Hacienda para ver y fallar la reclamación económico-administrativa interpuesta ante la misma por don Antonio Lagares Camacho, con domicilio en C/ Teniente Guitar núm. 1 de La Palma del Condado, contra acuerdo desestimatorio del Sr. Tesorero de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda notificado el 4 de junio de 1993, interpuesto contra apremio de liquidaciones 595/89 de transmisiones patrimoniales de la Oficina Liquidadora de La Palma del Condado por un importe de 80.561 ptas.
Resultando: Que contra dicho recurso, por el Sr. Lagares Camacho se ha interpuesto reclamación ante esta Junta Provincial con fecha 26 de junio de
1993.
Resultando: Que solicitado el expediente de la Oficina Gestora se advierte del mismo que en el pie de recurso se daba como el correspondiente, ante la Junta Provincial de Hacienda.
Considerando: Que en materia de tributos cedidos ha de estarse a lo que contiene en el Real Decreto 293/85 de 6 de febrero, por el que se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta y se traspasa a la Comunidad Autónoma de Andalucía la gestión, recaudación e inspección de ciertos tributos, entre otros, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, respecto del cual, en dicho acuerdo se reserva al Estado el reconocimiento de las reclamaciones económico-administrativas contra los actos de gestión tributaria por dicho Impuesto, por lo que procede la declaración de incompetencia de la Junta Provincial de Hacienda de la Junta de Andalucía y la remisión del expediente al Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, Secretaría Delegada de Huelva, para la posterior resolución por dicho Tribunal de las cuestiones planteadas.
En consecuencia con lo expuesto, esta Junta Provincial de Hacienda en única instancia, acuerda, declararse incompetente para conocer de la reclamación interpuesta, notificar la misma al reclamante y con copia de la presente resolución, remitir el expediente a la Secretaría Delegada en Huelva del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía para la posterior tramitación y resolución.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ello en el plazo de dos meses contados a partir de la notificación de la presente.
El Presidente. Los Vocales. La Letrado-Secretaria. Todos firmados¯.
Huelva, 5 de diciembre de 1995.- El Delegado, Juan F. Masa Parralejo.
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