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A solicitud de la Presidencia de la Asociación de la Agrupación de ganado porcino de «San Rafael¯ para que le fuese concedida la ampliación del ámbito territorial y de actuación mediante la incorporación de ganaderos de porcino pertenecientes al término de Osuna (Sevilla).
Vistos los informes preceptivos y realizadas las comprobaciones sanitarias previstas en la legislación vigente, Real Decreto 1880/96, de 2 de agosto (BOE núm. 229, de 21-9-96), Decreto 187/1993, de 21 de diciembre (BOJA núm.
19, de 17-2-94), y Orden de 10 de mayo de 1994, que desarrolla el Decreto anteriormente citado (BOJA núm. 86, de 10-6-94), y Resolución de la Dirección General de la Producción Agraria de 9 de febrero de 1982, he venido, en uso de las atribuciones que me están conferidas por el Estatuto de Autonomía de Andalucía y el Decreto 220/1994, de 6 de septiembre (BOJA núm. 142, de 10-9-94), a conceder con fecha 30 de julio del año en curso la ampliación del ámbito territorial y de actuación mediante la incorporación de ganaderos de porcino del término de Osuna en la citada Agrupación de Defensa Sanitaria.
Notifíquese la presente Resolución a los interesados y dése traslado a la Subdirección General de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el fin de su publicación en el BOE, de acuerdo con lo que preceptúa el apartado c), punto 3, de la Resolución de 9 de febrero de
1982.
Sevilla, 30 de julio de 1997.- El Director General, Luis Gázquez Soria.
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