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Habiéndose acreditado el interés social de su finalidad y las circunstancias excepcionales que aconsejan su concesión, en virtud de la facultad que se atribuye a los titulares de las Consejerías por el artículo
104 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, en relación con el artículo 107 del mismo cuerpo legal, se ha acordado conceder a Cruz Roja EspañolaAsamblea Provincial de Huelva una subvención por importe de 4.036.410 pesetas, con cargo a los créditos de la aplicación presupuestaria 01.21.00.01.00.488.05.22B.2 con el fin de llevar a cabo el Programa para la intervención con Menores sujetos a medidas en medio abierto, dictadas por los Jueces de Menores, a desarrollar en la Provincia de Huelva.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en el artículo 109 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 18 de la Ley 8/96, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la misma para 1997.
Sevilla, 3 de septiembre de 1997.- La Directora General, Leonor Rojo García.
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