Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 25/01/1997

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Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 12 de diciembre de 1996, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se autoriza a la Empresa Nacional del Gas, Sociedad Anónima, la construcción de las instalaciones correspondientes a la Red de Distribución de Granada, en la provincia de Granada. (PP. 4375/96).

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Por Orden de la Consejería de Industria, Comecio y Turismo de 28 de octubre de 1994, se otorgó a Enagás concesión administrativa para la prestación del servicio público de conducción, distribución y suministro de gas natural para usos industriales mediante el gasoducto Córdoba-Jaén-Granada y las correspondientes redes de distribución en varios municipios de la provincia.

Por instancia de 18 de enero de 1995, doña Carmen Rodríguez Aragón, con DNI

1.391.725, actuando en nombre y representación de Enagás, solicita, en virtud del art. del Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles, la autorización administrativa para la construcción de las instalaciones correspondientes a la «Red de Distribución de Granada¯, en la provincia de Granada, acompañando el correspondiente proyecto técnico redactado por técnico competente y visado por su Colegio Profesional, en el que se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por las instalaciones a los efectos previstos en el art. 13 de la Ley

10/1987, de 15 de mayo, de disposiciones básicas para un desarrollo coordinado de actuaciones en materia de combustibles gaseosos, y del art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Se practica información pública en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 53, de 1 de abril de 1995; Boletín Oficial del Estado núm.

65, de 17 de marzo de 1995; Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm., de 23 de febrero de 1995, y en el diario Ideal de Granada, de 15 de febrero de 1995.

Igualmente, por oficios de 3 de febrero de 1995 se remitieron a los Ayuntamientos de Armilla, Jun, Pulianas, Atarfe, Maracena, Albolote, Peligros, Víznar y Granada, para su exposición en el tablón de anuncios los planos y relación de bienes afectados.

Asimismo, por oficios de 3 de febrero de 1995 se remitieron separatas técnicas a las Delegaciones Provinciales de las Consejerías de Obras Públicas y Transportes, de Agricultura y Pesca, y de Medio Ambiente, Dirección Provincial del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Diputación Provincial de Granada, Renfe, Telefónica y las Cámaras de la Propiedad Urbana y de Industria, Comercio y Navegación, para que en el plazo de un mes hagan constar su autorización o, en su caso, formulen los reparos correspondientes. Transcurrido el plazo anterior y reiterada la solicitud de informe, no se ha presentado oposición a la autorización de las instalaciones, prestando Enagás su conformidad a los condicionados establecidos.

Se han formulado alegaciones por doña Concepción Muñoz Vázquez, don Emilio Fernández Agudo, don Juan Ramírez Pérez, doña Josefa Pardo López, don Fernando Bustamante de Torrealba, don Eustaquio Moleón Parejo, don Francisco Javier Castillo Siles, don Manuel Reyes Jiménez, doña Concepción Riverso González, doña Magdalena Pérez de la Blanca Guzmán, don Francisco Remacho Delgado, don José Quiles García, don Salvador Ballesteros Pérez, doña Carmen Martínez Iglesias, doña María del Carmen Romero Martínez, Ayuntamiento de Albolote, don Francisco Gómez Jiménez, don Juan José Fernández Espinar, doña Carmen Santisteban Girón, don Juan Castro Padilla y Almacenes Ferretería El Timbre, S.A.

Las anteriores alegaciones, si bien no se oponen ninguna de ellas con razones de fondo a la autorización administrativa de las instalaciones, algunas presentan solicitud de subsanación de errores de la titularidad, de las que Enagás toma nota para diligencias sucesivas y otras que presentan alternativas al trazado, que una vez estudiadas, hechas, en su caso, las comprobaciones pertinentes sobre el terreno y considerando las modificaciones propuestas por Enagás el 28 de octubre de 1996, a petición de algunos afectados, que aproxima el trazado a la circunvalación entre los vértices V-72 a V-73, V-80 a V-86, V-90 a V-92, V-95 a V-101, V-102 a V-111, V-104 a V-104-2, V-136 a V-138 y V-142 a V-151, son estimadas por esta Delegación. En relación con las alegaciones del Ayuntamiento de Albolote y de Almacenes Ferretería El Timbre, S.A., Enagás redactará nuevo proyecto.

Por instancias de 28 de junio y 28 de octubre de 1996, Enagás solicita la autorización de las instalaciones a excepción del ramal R-1, tramo comprendido entre el vértice V-93-7 al V-93-29 del ramal R-4 y tramo V-89 al V-90 del ramal principal.

Vistos la Ley 10/87, de 15 de mayo, citada, Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, citado, Orden de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, de

28 de octubre de 1994 citado; Orden del Ministerio de Industria de 18 de noviembre de 1974 por la que se establece el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos; Real Decreto 1091/1981, de 24 de abril, y Real Decreto 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se transfieren competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas; Decreto 132/1996, de 16 de abril, sobre reestructuración de Consejerías; Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954; Ley

30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones concordantes y de procedente aplicación, esta Delegación Provincial:

RESUELVE

Autorizar administrativamente la ejecución de las instalaciones del proyecto «Red de Distribución de Granada y modificaciones del mismo para aproximar el trazado a la circunvalación de Granada¯, a excepción del Ramal R-1, tramo comprendido entre el vértice V-93-7 al V-93-29 del Ramal R-4, y tramo V-89 al V-90 del Ramal Principal, que discurrirá por los términos municipales de Albolote, Atarfe, Peligros, Maracena, Pulianas, Granada, Jun, Víznar y Armilla, con las siguientes características:

- Tubería de acero al carbono, tipo API-5L-X52, con diámetros comprendidos entre 2 y 4 pulgadas, dotada de revestimiento interno y externo, protección catódica y enterrada a 1 metro de profundidad. Presión máxima de servicio a

17 bar.

- Presupuesto total: Quinientos diez millones doscientas tres mil pesetas.

El plazo de ejecución de las obras será de un año, contados a partir de la fecha de ocupación real de las fincas afectadas, debiéndose vigilar el cumplimiento de la normativa de aplicación citada anteriormente, y especialmente las disposiciones sobre condiciones técnicas y de seguridad, y el contenido de la Orden de 28 de octubre de 1994 por la que fue otorgada la concesión administrativa.

Y declarar la urgente ocupación a los efectos del art. de la Ley de Expropiación Forzosa y con el alcance concretado en la información pública practicada, de las fincas números: GR-GR (400 a 434, 436 a 446, 449 a 454,

460, 495 a 499, 502, 504 a 511, 514 a 526, 529 a 531, 533 y 536 a 544), GR-AL (400 a 406 y 443 a 444), GR-JU (400 a 419), GR-PE (400 a 415), GR-PU (400 a 419), GR-VZ (400 a 404), GR-AR (400 a 406) y GR-MA (400 a 404).

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el art. 114.2 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Granada, 12 de diciembre de 1996.- El Delegado, Mariano Gutiérrez Terrón.

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