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En sesión celebrada por el Pleno de esta Excma. Corporación Municipal, el día 7 de noviembre de 1996, se adoptó el siguiente acuerdo:
«Habiéndose aprobado provisionalmente la Modificación Puntual de Elementos Núm. 11 del Plan General de Ordenación Urbana de 1985, relativa a Suelo Urbano, Ordenanza 11 A en la parcela situada en las calles Avda. María Guerrero, Las Adelfas, Veleta y Prolongación de Olivo, y una vez que sometida a informe no vinculante del órgano competente de la Comunidad Autónoma ha transcurrido el plazo de un mes para su emisión sin haberse emitido, entendiéndose entonces que el mismo es favorable; habida cuenta del informe jurídico emitido en el expediente y del dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo y Obras y Servicios, se propone al Pleno de esta Excma. Corporación Municipal la adopción del siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar definitivamente la documentación integrante de la Modificación Puntual de Elementos Núm. del Plan General de Ordenación Urbana de 1985, relativa a Suelo Urbano, Ordenanza 11 A en la parcela situada entre las calles Avda. María Guerrero, Las Adelfas, Veleta y Prolongación de Olivo, consistente en alterar el número de plantas permitido, sin modificar la intensidad edificatoria de 2,00 m/m, en los extremos de la misma, al pasar de un máximo de dos plantas a cuatro.
Segundo. Ordenar la publicación del texto íntegro de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, junto con las normas del Documento de Modificación del Plan General, así como en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
Tercero. Remitir, en el plazo de quince días, a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, la presente Resolución, así como dos ejemplares diligenciados del Documento de la Modificación de Planeamiento que se aprueba definitivamente.
Cuarto. Facultar ampliamente a la Alcaldía-Presidencia para dictar cuantos actos y suscribir cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo¯.
PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE LA LINEA CONCEPCION
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en los artículos
124 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados a partir del día de la publicación del presente acuerdo, previa comunicación a este Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2º y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y 110.3 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La Línea de la Concepción, 21 de noviembre de 1996.- El Alcalde, José A. Fernández Pons.
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