Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 30/09/1997

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Sevilla, por el que se notifica Resolución de expediente sancionador que se cita. (SEP/SIM-96/ 97-SE).

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ANTECEDENTES DE HECHOS

Se acordó con fecha 12 de mayo de 1997, la iniciación del procedimiento sancionador por presuntas infracciones a la normativa de espectáculos públicos y actividades recreativas a doña Rosa María Campos Gallardo por los hechos ocurridos el día 23-3-1997, a las 4,10 horas, en el término municipal de Sevilla, en Raya Real, en C/ Santa Fe, 13-Local 12.

En la tramitación del procedimiento han sido observadas las formalidades leales y relamentarias.

No presentó escrito de alegaciones al acuerdo de iniciación del expediente. Se considera probado el hecho: El establecimiento se encontraba abierto al público a las 4,10 horas del día del acta (23.3.97).

Se considera probado el hecho: El establecimiento se encontraba abierto al público a las 6,15 horas del día del acta (25.3.97).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El primer hecho contraviene el contenido del art. 1 de la Orden de 14 de mayo de 1987, de horario de cierre de espectáculos y establecimientos públicos, tipificado como infracción leve en el art. 26.E) de la Ley 1/1992, de Protección de la Seuridad Ciudadana.

El seundo hecho contraviene el contenido del art. 1 de la Orden de 14 de mayo de 1987, de horario de cierre de espectáculos y establecimientos públicos, tipificado como infracción leve en el art. 26.E) de la Ley 1/1992, de Protección de la Seuridad Ciudadana.

Este órano es competente para la resolución del expediente sancionador por los hechos, de acuerdo con el Real Decreto 1677/1984, de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de espectáculos públicos, el Decreto 294/1984, de 20 de noviembre, que asina la competencia a la Consejería de Gobernación, y por las atribuciones que le confiere el Decreto 50/1985, de 5 de marzo, en relación con el art. 29, apartado 1.d), de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seuridad Ciudadana, y al amparo de lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Réimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 11 y 13 del Relamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de aosto.

RESUELVO

Sancionar a doña Rosa María Campos Gallardo por el primer hecho con una multa de 30.000 ptas., por el seundo hecho con una multa de 50.000 ptas., lo que supone un total de 80.000 ptas.

Contra la presente resolución, que no aota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, conforme a lo estipulado en los artículos 114 y siuientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Réimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía. Transcurrido este plazo sin que el recurso haya sido presentado, la resolución será firme.

El pao de las 80.000 ptas. de multa deberá hacerse efectivo dentro del plazo de treinta días hábiles siuientes al que la resolución sea firme. En otro caso, se procederá a su exacción por vía ejecutiva de apremio, de acuerdo con el procedimiento del Relamento General de Recaudación.

Lo que se le notifica en virtud de lo dispuesto en los arts. 58 y siuientes de la mencionada LRJ-PAC.

Nota: Se acompaña impreso número 274574 con el que podrá hacer efectivo el pao de la sanción mediante inreso en la c/c 63/01050-54 del Banco de Andalucía, abierta a nombre de «Tesorería General de la Junta de Andalucía. Cuenta restrinuida para la recaudación de tasas y otros inresos¯.

Sevilla, 17 de junio de 1997.- El Deleado, José Antonio Viera Chacón.