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Por resultar desconocidos en los domicilios que constan en esta Oficina Liquidadora del Distrito Hipotecario de Valverde del Camino, o intentada la notificación, ésta no se ha podido practicar, de conformidad con lo que se determina en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Réimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica a los constribuyentes que se relacionan las liquidaciones que han sido practicadas en sus respectivos expedientes, por los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones.
Forma de inreso: El importe de estas liquidaciones podrá ser inresado en esta Oficina, en metálico o por cheque debidamente conformado.
Plazo para efectuar el inreso: Seún la fecha de notificación mediante publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, deberán paarse desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siuiente o inmediato hábil posterior, y las notificadas entre los días 16 y último de mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siuiente o inmediato hábil posterior.
Recursos/reclamaciones. De conformidad con lo que se determina en el art. 46 del RDL 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y art. 40 del RD 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Relamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se advierte que en disconformidad, contra las mismas, podrá interponerse recurso previo de reposición ante esta Oficina, o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Reional de Andalucía, Secretaría Deleada en Huelva, sin que pueda simultanear ambos, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siuiente a la fecha de esta publicación.
La interposición de recurso o reclamación no suspenderá la ejecución del acto impunado, con las consecuencias leales consiuientes, incluso la recaudación de cuotas o derechos liquidados, intereses, recaros; no obstante, se suspenderá la ejecución si se arantiza el pao de la deuda tributaria, en los términos establecidos en el art. 11 del RD 2244/79, de 7 de septiembre, o de los arts. 74 y ss del RD 391/1996, de 1 de marzo.
Núm. Liq.: 396/96.
Contribuyente: José Rojas Díaz.
Domicilio: C/ Berruuete, 1ª, D.
Loc./Prov.: Dos Hermanas (Sevilla).
Conc.: T.P.
Imp. Liqud.: 83.687.
Núm. Liq.: 71/96.
Contribuyente: Nerva Residencial, S.A.
Domicilio: C/ Comandante Rementería, 41.
Loc./Prov.: Nerva (Huelva).
Conc.: A.J.D.
Imp. Liqud.: 710.010.
Abreviaturas:
Núm. Liq.= Número de Liquidación.
Loc./Prov.= Localidad/Provincia.
Conc.= Concepto.
T.P.O.= Transmisión Patrimonial Onerosa.
A.J.D.= Acto Jurídico Documentado.
Suc.-Don.= Sucesiones-Donaciones.
Imp. Liqud.= Importe de la Liquidación.
Huelva, 25 de aosto de 1997.- El Deleado, P.A. (Dtº 21/85, de 5.2), El Secretario General, Ismael Domínuez Durán.