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La Orden de 25 de marzo de 1997 de la Consejería de la Presidencia, publicada en el BOJA núm. 41, de 8 de abril, regula la convocatoria para la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer a asociaciones de mujeres durante el ejercicio 1997.
Con el objeto de que las diferentes líneas de convocatorias de subvenciones del Instituto Andaluz de la Mujer no se vean afectadas por los problemas derivados de la aplicación de las diferentes normativas tanto administrativas como contables, se requiere una modificación de la citada Orden.
Artículo único. Se modifica el apartado tercero del artículo primero de la Orden de 25 de marzo de 1997, en los siguientes términos:
«3º El importe de las ayudas a conceder se imputará a partes iguales entre los ejercicios 1997 y 1998, todo ello condicionado a las disponibilidades presupuestarias de ambos ejercicios¯.
Asimismo, el párrafo 2º del artículo 11 queda redactado en los siguientes términos:
«2º El pago se realizará en dos secuencias:
a) Se abonará un primer pago por importe del 50% de la subvención.
b) El 50% restante se abonará una vez justificado el pago anterior de acuerdo con lo establecido en el siguiente artículo, en el ejercicio de
1998¯.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOJA.
Sevilla, 6 de octubre de 1997
GASPAR ZARRIAS AREVALO
Consejero de la Presidencia
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